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Revista Digital Minera REDIMIN > Dato Útil > Reforma Previsional incorpora compensación por expectativa de vida para mujeres
Dato Útil

Reforma Previsional incorpora compensación por expectativa de vida para mujeres

Última Actualización: 21/08/2025 23:48
Publicado el 02/08/2025
Jonathan Naveas
Reforma Previsional incorpora compensación por expectativa de vida para mujeres

A partir de enero de 2026, las mujeres pensionadas por vejez o invalidez comenzarán a recibir una compensación mensual automática destinada a equilibrar las diferencias en las pensiones derivadas de su mayor expectativa de vida.

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Esta nueva medida forma parte del Seguro Social Previsional contemplado en la Reforma Previsional, y tiene como objetivo igualar las pensiones de mujeres y hombres que se jubilen en las mismas condiciones de edad, saldo y grupo familiar.

Reforma Previsional incorpora compensación por expectativa de vida para mujeres

La fórmula de cálculo parte del hecho de que los fondos previsionales se distribuyen según los años de vida estimados al jubilar. Como las mujeres viven más años, terminan recibiendo pensiones más bajas. Este aporte busca corregir esa desigualdad.

¿Cómo funciona la compensación?

La compensación se pagará mensualmente en Unidades de Fomento (UF), junto con la pensión autofinanciada, y se entregará como una jubilación vitalicia. Su cálculo se basa en un factor aplicado a la pensión base, con un monto mínimo garantizado de 0,25 UF mensuales.

El monto base de la pensión sobre el cual se aplica este factor tendrá un tope de 18 UF (equivalente a casi $700.000 en marzo de 2025).

Según explicó el gerente general de AFP Modelo, Andrés Flisfisch, uno de los principales desafíos ha sido comunicar con claridad cuánto recibirá cada afiliada, ya que esto depende de múltiples factores y del avance de la implementación.

Requisitos para acceder

Las condiciones para optar a este beneficio son las siguientes:

  • Ser mujer y tener 65 años o más.
  • Haber obtenido una pensión de vejez o invalidez dentro del sistema de AFP.
  • Estar incorporada al Seguro Social Previsional, ya sea como cotizante o pensionada.
  • Para quienes se incorporen después del 1 de agosto de 2025, deberán haber cotizado al menos una vez en el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP) antes de cumplir los 50 años.

Porcentaje según edad de jubilación

El porcentaje de compensación dependerá de la edad en que la mujer se pensione por vejez:

  • 65 años: 100% del beneficio
  • 64 años: 75%
  • 63 años: 50%
  • 62 años: 25%
  • 61 años: 15%
  • 60 años: 5%

Las mujeres que se pensionen antes de los 60 años por vejez no tendrán derecho al beneficio.

En caso de pensión por invalidez, se otorgará el 100% de la compensación sin importar la edad, siempre que no estén cubiertas por el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).

Suspensión o pérdida del beneficio

La compensación se extingue con el fallecimiento de la beneficiaria y no es heredable.

Además, se suspenderá si la mujer reside fuera de Chile por más de 180 días en un año, ya sean continuos o no. No obstante, podrá solicitarse la reanudación del pago ante el Instituto de Previsión Social (IPS) acreditando residencia en el país.

El primer pago se efectuará en enero de 2026, a los 10 meses de publicada la ley, junto con la pensión autofinanciada.

Etiquetas:JubilaciónmujerReforma Previsional
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