Tras la aprobación de la reforma de pensiones, la Pensión Garantizada Universal (PGU), uno de los beneficios más importantes en materia previsional, tuvo cambios relevantes. Uno de ellos es el aumento que tendrá a $250 mil pesos.
Sin embargo, otro de estos tiene relación con la ampliación de la cobertura del beneficio, permitiendo que más chilenos puedan acceder a estos montos.
¿Quiénes serán los nuevos beneficiarios de la PGU?
A contar de septiembre de 2025 podrán acceder a la PGU las personas de 82 años o más que sean beneficiarias de las leyes reparatorias y pensiones de gracia (Valech, Rettig, Exonerados o pensiones de Gracia).
Este nuevo grupo de beneficiarios también deberá con el resto de las condiciones de la PGU, las cuales son:
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10 % más rico de la población. Este requisito se verifica en el IPS una vez ingresada la solicitud.
- Acreditar residencia en Chile por 20 años continuos o discontinuos, desde que la personas tiene 20 años en adelante. También, al menos cuatro años de los últimos cinco anteriores a la solicitud del beneficio.
- Contar con una pensión base calculada menor o igual a $1.210.828 (no se considera como parte de la pensión base el beneficio por ley de reparación).
Es importante recordar que estas personas deben estar inscritas, previamente, en el Registro Social de Hogares, dado que desde ahí se obtienen algunos antecedentes para realizar la evaluación que permite verificar el cumplimiento de requisitos de acceso a la PGU.
¿Cómo pueden solicitar la PGU?
Las personas de 82 años o más que sean beneficiarias de leyes reparatorias o pensiones de gracia, y que cumplan con los demás requisitos para acceder a la PGU, pueden solicitar este beneficio a través de las siguientes alternativas:
- Presencialmente en sucursales ChileAtiende del Instituto de Previsión Social (conócelas aquí).
- De manera presencial en el municipio, AFP o compañías de seguros (si se está afiliado a una de esas entidades).
- Por Internet: en www.chileatiende.cl con Clave Única (entra aquí); o por Videoatención en ese mismo sitio (clic aquí), sin necesidad de Clave Única.
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