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Revista Digital Minera REDIMIN > Medio Ambiente > Empresas cuestionan decreto que fija metas REP para aceites lubricantes y llevan el caso al Tribunal Ambiental
Medio Ambiente

Empresas cuestionan decreto que fija metas REP para aceites lubricantes y llevan el caso al Tribunal Ambiental

Última Actualización: 24/11/2025 11:32
Publicado el 24/11/2025
Cristian Recabarren Ortiz
Empresas cuestionan decreto que fija metas REP para aceites lubricantes y llevan el caso al Tribunal Ambiental

Impugnación al DS 47/2023 ante el Segundo Tribunal Ambiental

El Segundo Tribunal Ambiental escuchó este jueves los alegatos de Copec, Enex y PTH Grupo Ambiental, tres empresas que buscan anular el Decreto Supremo N°47/2023, normativa recientemente publicada por el Ministerio del Medio Ambiente (MMA) que fija las metas de recolección y valorización de aceites lubricantes dentro del marco de la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP).

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Las compañías argumentan que el decreto presenta vicios legales, deficiencias técnicas y efectos competitivos indeseados, sosteniendo que el Ministerio habría excedido sus atribuciones al definir las nuevas obligaciones. En el centro del conflicto está la configuración del sistema de gestión de aceites lubricantes usados, uno de los productos prioritarios establecidos por la ley vigente desde 2016.

Empresas cuestionan decreto que fija metas REP para aceites lubricantes y llevan el caso al Tribunal Ambiental

Copec: cuestionamientos a restricciones y trazabilidad

La primera reclamación corresponde a Empresas Copec, que acusa que el decreto limita injustificadamente la operación de los Sistemas Individuales de Gestión (SIG). Según su postura, el DS 47 solo permite a un productor cumplir sus metas con residuos derivados de los aceites que él mismo pone en el mercado, excluyendo la posibilidad de capturar volúmenes provenientes de terceros.

Copec señaló ante el tribunal que esta restricción se justificó en un presunto riesgo de “distorsión de mercado”, argumento que —según afirmó— la Fiscalía Nacional Económica no habría respaldado. Asimismo, la empresa cuestiona la exigencia de trazabilidad total de los aceites lubricantes usados, indicando que no existe hoy una tecnología capaz de rastrear el producto de manera precisa a lo largo de toda su vida útil.

En su alegato, la firma recalcó que las empresas apuntan a que el decreto excede las atribuciones legales del Ministerio del Medio Ambiente al imponer exigencias no contempladas expresamente en la Ley REP y que podrían limitar la competencia entre gestores.

Enex: acusación de facultades indebidas para comercializadores

La segunda reclamación proviene de Enex. La compañía sostiene que el DS 47 genera un perjuicio regulatorio al permitir que los comercializadores valoricen aceites lubricantes por cuenta propia o mediante gestores autorizados.

Según su interpretación, esta atribución solo recae —por ley— en los consumidores industriales y, al extenderla a los comercializadores, el Ministerio estaría infringiendo el principio de legalidad administrativa.

Para Enex, esta ampliación crea incertidumbre jurídica y podría modificar el equilibrio del mercado de valorización sin una justificación técnica suficiente. La firma sostuvo que permitir esa intervención otorga ventajas competitivas que contravienen el espíritu de la Ley 20.920.

PTH Grupo Ambiental: advertencias sobre efectos competitivos

La tercera reclamación fue levantada por PTH Grupo Ambiental, empresa dedicada al tratamiento y valorización de hidrocarburos usados. La firma asegura que el decreto contiene “vicios sustanciales”, tanto constitucionales como técnicos, que afectarían la equidad y eficiencia del sistema REP.

PTH afirma que la ausencia de restricciones claras a los sistemas individuales podría distorsionar el mercado en favor de ciertos actores y generar barreras de entrada para gestores especializados. Además, cuestiona la definición de metas de recolección y valorización, que —según su evaluación— presentarían inconsistencias económicas.

Defensa del Ministerio del Medio Ambiente

El MMA, representado por el Consejo de Defensa del Estado, pidió rechazar las tres reclamaciones y defendió la legalidad del decreto. Su postura subraya que el DS 47 fue elaborado conforme a la Ley REP y que no elimina la posibilidad de los SIG, sino que establece condiciones necesarias para evitar distorsiones en el mercado de residuos.

El CDE sostuvo que la trazabilidad exigida es técnicamente posible y que la interpretación de Enex sobre las facultades de los comercializadores es incorrecta. En caso de dudas, añadió, estas pueden resolverse mediante aclaraciones sin necesidad de anular la normativa.

Un decreto clave para la implementación de la Ley REP

La Ley 20.920, promulgada en 2016, creó un marco regulatorio para que los productores se hagan responsables de la fase final de los productos prioritarios. Entre ellos se encuentran los aceites lubricantes, cuyo manejo inadecuado puede tener graves impactos ambientales.

El DS 47 —publicado en noviembre de 2024— fija metas obligatorias de recolección y valorización, regula la operación de los sistemas de gestión colectivos e individuales y establece mecanismos de trazabilidad y reporte. Las empresas impugnantes, sin embargo, sostienen que ciertas disposiciones rebasan las facultades ministeriales.

El Tribunal Ambiental deberá ahora evaluar los argumentos presentados por todas las partes antes de emitir una resolución que podría marcar un precedente relevante para la implementación futura de la REP en otros sectores productivos.

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Etiquetas:aceites lubricantesCopecDS 47/2023EnexLey REPMinisterio del Medio AmbientePTH Grupo AmbientalSegundo Tribunal Ambientalsistemas de gestióntrazabilidad
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