El Estado cuenta con diferentes beneficios para personas desempleadas, los cuales les permiten permiten mantener sus ingresos hasta que puedan reinsertarse en el mercado laboral, como lo es el Seguro de Cesantía.
Es un apoyo financiado con los ahorros de la Cuenta Individual Cesantía de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que se incrementan a través del 3% de las remuneraciones imponibles de cada trabajador y se pueden retirar mensualmente.
¿Cómo cobrar el Seguro de Cesantía?
Según ChileAtiende, la persona que queda cesante debe ingresar a la Sucursal Virtual AFC (pulsa aquí) con el RUN y clave de acceso AFC, o con ClaveÚnica.
Posteriormente, se sube el documento que demuestre el término de contrato, ingresan los datos requeridos por el sistema, estos se confirman junto con la simulación y modalidad de pago. Luego, se validan con la cédula de identidad vigente y reconocimiento facial.
Para el cobro presencial, la persona tendrá que acudir a una sucursal de la AFC con el documento de término y la cédula de identidad.
Requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía
Al momento de ingresar a la plataforma de solicitud en línea o presentarla en una oficina, tendrán que cumplir con lo siguiente:
- Tener un documento que acredite la cesantía, como finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo o certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Estar cesante por renuncia o despido por cualquier causa del Código del Trabajo o del Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública.
- Tener al menos 10 cotizaciones mensuales pagadas si su contrato era indefinido o de trabajador de casa particular; o 5 si era a plazo fijo, por obra o servicio.
- Tener la cédula de identidad vigente.
¿Cuándo se paga el Seguro de Cesantía?
Si la solicitud se envió y aprobó antes de cumplir 30 días corridos desde el término de contrato, tendrá que esperar hasta cumplir 30 días corridos para recibir el pago durante el jueves más próximo al cumplimiento del mismo.
En cambio, si se envió y aprobó después de los 30 días corridos, la entrega será el jueves más próximo a la fecha de presentación de la solicitud de cobro.