Pensión Garantizada Universal: razones por las que se pierde el beneficio

El Instituto de Previsión Social supervisa el cumplimiento de requisitos legales para mantener el pago mensual de la PGU, cuya vigencia depende de la residencia y vulnerabilidad socioeconómica.

Por:
Jonathan Naveas
Publicado porJonathan Naveas
Editor en Revista Digital Minera
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La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte monetario estatal destinado a los adultos mayores que cumplen con criterios específicos de edad, residencia y situación socioeconómica. No obstante, la normativa vigente contempla causales estrictas que pueden derivar en la extinción definitiva del beneficio.

El IPS (Instituto de Previsión Social) es el organismo encargado de administrar esta ayuda y tiene la facultad legal de monitorear constantemente el cumplimiento de las exigencias para decidir la continuidad, suspensión o término del pago.

Principales causales de extinción

De acuerdo con la información proporcionada por ChileAtiende, el beneficio se extingue bajo las siguientes circunstancias:

  • Fallecimiento del beneficiario: El pago cesa el último día del mes en que ocurre el deceso.
  • Permanencia en el extranjero: Si el titular permanece fuera del territorio nacional por más de 180 días (continuos o discontinuos) durante un año calendario.
  • Falsificación de información: Entrega de antecedentes falsos, incompletos o erróneos para obtener la aprobación del beneficio.
  • Cambio en el nivel socioeconómico: Dejar de cumplir el requisito de no pertenecer al 10% más rico de la población en Chile.

Requisitos para la reincorporación

En el caso de quienes pierden el beneficio por ausencia del país, es posible solicitarlo nuevamente. Para ello, además de los requisitos base, se debe acreditar una residencia en Chile no menor a 270 días durante el año inmediatamente anterior a la nueva solicitud.

Diferencia entre suspensión y extinción

Existen situaciones donde el pago se interrumpe temporalmente pero no se extingue de forma inmediata. La suspensión aplica ante el no cobro de la pensión por seis meses continuos o por la falta de entrega de antecedentes solicitados por la autoridad.

Ante una resolución de rechazo o suspensión, los afectados pueden interponer reclamos ante el IPS. Este recurso administrativo debe ejecutarse en un plazo máximo de 5 días hábiles tras la notificación oficial.

Condiciones de acceso vigentes

Para mantener la calidad de beneficiario de la PGU, los ciudadanos deben cumplir simultáneamente con:

  • Tener más de 65 años.
  • No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población.
  • Acreditar residencia en territorio nacional.
  • Percibir una pensión base igual o menor a $1.210.828.
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