El aguinaldo de Fiestas Patrias 2025 será pagado durante septiembre a trabajadores del sector público y pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS). Los trabajadores públicos recibirán entre $61.552 y $88.667 según su remuneración, mientras que los pensionados obtendrán $25.280 sin descuentos ni tributos, más $12.969 adicionales por carga familiar acreditada.
Montos para trabajadores del sector público
Los trabajadores que se desempeñen en organismos estatales al 31 de agosto de 2025 en cargos de planta o contrata recibirán el aguinaldo durante septiembre, con montos diferenciados según su remuneración líquida de agosto de 2025:
- $88.667 para trabajadores cuya remuneración líquida sea igual o inferior a $1.025.622.
- $61.552 para trabajadores cuya remuneración líquida supere los $1.025.622.
Beneficio para pensionados del IPS
Los pensionados del IPS que cumplan con las condiciones recibirán $25.280 junto con su pensión del mes de septiembre, sin necesidad de realizar trámites adicionales. Este beneficio se entrega solo una vez al año.
El aguinaldo no tiene descuentos, no es tributable para efectos de impuestos ni es imponible para cotizaciones previsionales o de salud.
Incremento por cargas familiares
Quienes tengan cargas familiares acreditadas al 31 de agosto de 2025 recibirán un monto adicional de $12.969 por cada carga, incluso si pertenecen al tramo 4 (ingresos superiores a $1.335.450) según la Ley Nº 21.456 y no tienen derecho a Asignación Familiar.
Si otra persona recibe el pago de la Asignación Familiar, igual tendrá derecho al incremento del aguinaldo.

Pensionados beneficiarios
Tienen derecho al aguinaldo quienes al 31 de agosto de 2025 tengan alguna de estas calidades:
- Pensionados del IPS con Pensión Garantizada Universal (PGU) o Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Pensionados de ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social.
- Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensionados de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
- Pensionados de Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
- Pensionados de Dipreca y Capredena.
- Pensionados de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Ley Valech).
- Pensionados de AFP o compañías de seguro que reciben PGU, Aporte Previsional Solidario o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.
Incompatibilidades y restricciones
Los pensionados tendrán derecho a un aguinaldo aun cuando reciban más de una pensión, subsidio o indemnización. Sin embargo, si tienen derecho a Asignación Familiar por una carga beneficiaria de pensión de sobrevivencia, solo recibirán el aguinaldo como pensionado y no el incremento de $12.969 por esa carga.
Quienes accedan maliciosamente al beneficio deberán restituir multiplicada por cinco la cantidad recibida en exceso, según el artículo 21 de la Ley Nº 21.647.
Sector privado
Para trabajadores del sector privado, el aguinaldo no es una obligación legal del empleador, pero puede ser exigido si está contemplado en el contrato de trabajo o en convenios colectivos.
El aguinaldo está garantizado por ley para pensionados del IPS y trabajadores del sector público, constituyendo un alivio económico en medio de los gastos de las celebraciones del 18 de septiembre.
IPS paga $64 mil por el ex Bono Marzo 2025: revisa con tu RUT si aún puedes cobrarlo
Inserta este artículo con este código HTML:
<a href="https://www.redimin.cl/aguinaldo-de-fiestas-patrias-2025-trabajadores/">Aguinaldo de Fiestas Patrias 2025: trabajadores públicos recibirán hasta $88.667 y pensionados $25.280</a>