Cada mes de septiembre, junto con las celebraciones dieciocheras, llega uno de los aportes más esperados por pensionados y trabajadores del sector público: el aguinaldo de Fiestas Patrias. Este beneficio se entrega para ayudar con los gastos propios de estas fechas, donde los desembolsos suelen ser inevitables.
¿Quiénes lo reciben?
El aguinaldo es entregado por el Estado a pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) y a empleados del sector público. A esto se suman algunas empresas privadas que, de manera voluntaria, deciden entregar un aporte similar a sus trabajadores.
¿Es imponible o tributable?
La duda sobre si el aguinaldo tiene descuentos es frecuente. Según lo establece el artículo 10 de la Ley 21.647, este beneficio no es imponible ni tributable, lo que significa que no se descuentan cotizaciones previsionales ni de salud. En otras palabras, el monto llega íntegro a los bolsillos de quienes lo reciben.
Montos para pensionados
Los pensionados del IPS reciben un pago de $25.280. Además, este monto puede aumentar en $12.969 adicionales por cada carga familiar acreditada al 31 de agosto.
Montos para trabajadores públicos
En el caso de los empleados del sector público, el monto del aguinaldo depende de la remuneración líquida percibida en agosto:
- Si la remuneración líquida fue igual o inferior a $1.025.622, el aguinaldo es de $88.667.
- Si la remuneración líquida fue superior a $1.025.622, corresponde un pago de $61.552.