A pocos días de las celebraciones de septiembre, muchos trabajadores del sector público esperan la entrega del aguinaldo de Fiestas Patrias, un beneficio económico que busca dar un respiro en medio de los gastos propios de estas fechas.
El aguinaldo está definido por la Ley 21.724 y contempla dos tramos, según la remuneración líquida recibida en agosto. Quienes tengan un sueldo igual o inferior a $1.025.622 recibirán un aporte de $88.667. En cambio, a quienes superen ese monto les corresponde un depósito de $61.552.
Este dinero se entrega de manera automática a los empleados que cumplen con los requisitos, sin necesidad de postulación. Aunque aún no se ha confirmado la fecha exacta, se espera que el pago se realice dentro de los próximos días. En años anteriores, el depósito se hizo entre el 18 y el 24 de septiembre, aunque el año pasado se adelantó al día 16.
Es importante tener presente que este beneficio aplica únicamente para funcionarios públicos. En el caso del sector privado, la situación es distinta: el aguinaldo no es obligatorio por ley. Sin embargo, algunos trabajadores sí pueden acceder a él si está estipulado en su contrato individual o aparece como parte de un convenio colectivo vigente.
De esta forma, los montos y condiciones quedan claramente diferenciados entre el mundo público y privado, siendo el primero el único que tiene asegurada esta ayuda económica para enfrentar las celebraciones de Fiestas Patrias.