El aguinaldo de Navidad para pensionados se paga junto con la pensión de diciembre y constituye un apoyo económico relevante ante los gastos propios de fin de año. El beneficio no requiere postulación y se entrega automáticamente a quienes cumplan con los requisitos vigentes.
El pago corresponde a una suma adicional destinada a cubrir gastos asociados a las celebraciones de diciembre, como regalos, reuniones y cenas. Su entrega es anual y se otorga únicamente a las personas que califiquen según lo establecido por cada régimen previsional.
¿Quiénes reciben el aguinaldo de Navidad?
Serán beneficiarios del aguinaldo todas las personas que, al 30 de noviembre de 2025, perciban una pensión otorgada por alguna de las siguientes entidades o legislaciones:
- Instituto de Previsión Social, incluyendo Pensión Garantizada Universal y Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
- Ex cajas de previsión o ex Servicio de Seguro Social.
- Pensiones por accidente del trabajo (Ley 16.744), administradas por una mutualidad de empleadores o el Instituto de Seguridad Laboral.
- Pensiones de reparación bajo Ley 19.123 (Rettig) y Ley 19.992 (Valech).
- AFP o compañías de seguro con garantía estatal, o beneficiarios del Aporte Previsional Solidario (Vejez o Invalidez).
- Dirección de Carabineros (Dipreca) o Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad.
- Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón.
Monto del aguinaldo y adicional por cargas familiares
Para este año, cada pensionado que cumpla los requisitos recibirá un aguinaldo de $29.055.
El monto aumentará en $16.415 por cada carga familiar acreditada.
¿Cuál es la fecha límite para acreditar las cargas?
El plazo final para acreditar cargas familiares es el 30 de noviembre.
Quienes realicen la inscripción después de esta fecha recibirán el monto adicional recién en el proceso 2026 del aguinaldo navideño.
La acreditación debe efectuarse ante la entidad que administre la Asignación Familiar del beneficiario: la Caja de Compensación, la AFP correspondiente o el Instituto de Previsión Social.
