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Beneficios para hogares dentro del 40% más vulnerable según el Registro Social de Hogares

El Estado de Chile entrega diversos aportes económicos y subsidios a las familias que se encuentran dentro del 40% más vulnerable de la población, según la…

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El Estado de Chile entrega diversos aportes económicos y subsidios a las familias que se encuentran dentro del 40% más vulnerable de la población, según la calificación del Registro Social de Hogares (RSH). Estas ayudas están orientadas a apoyar a los sectores con menores ingresos en ámbitos como vivienda, empleo, educación y salud.

A continuación, se detallan algunos de los principales beneficios disponibles para los hogares que cumplen con los requisitos establecidos:

Bono al Trabajo de la Mujer (BTM)

El Bono al Trabajo de la Mujer es un beneficio monetario destinado a mujeres y jefas de hogar pertenecientes al 40% más vulnerable, de acuerdo con el RSH.
Entre los requisitos se incluyen:

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Más información sobre este beneficio puede consultarse en el sitio del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence).

Subsidio al Empleo Joven (SEJ)

El Subsidio al Empleo Joven entrega un aporte económico a trabajadores y trabajadoras entre 18 y 25 años para mejorar sus ingresos.
Uno de los requisitos principales es pertenecer al 40% de la población más vulnerable, según lo informado por el RSH.

Subsidio Único Familiar (SUF)

El Subsidio Único Familiar corresponde a un aporte mensual que entrega el Estado a madres, padres o tutores sin previsión social.
Para acceder a este beneficio, la familia debe encontrarse dentro del 60% más vulnerable de la población según el RSH.

Subsidio DS1 para Sectores Medios

El Subsidio DS1 permite financiar la compra o construcción de una vivienda nueva o usada a familias que no son propietarias y tienen capacidad de ahorro.

Modalidad de compra de vivienda:

  • Tramo 1: Familias dentro del 60% más vulnerable; viviendas de hasta 1.100 UF o 1.200 UF, según la región.

  • Tramo 2: Familias dentro del 80% más vulnerable; viviendas de hasta 1.600 UF o 1.800 UF, según la región.

  • Tramo 3: Familias inscritas en el RSH; viviendas de hasta 2.200 UF o 2.600 UF, según la región.

Modalidad de construcción en sitio propio o densificación predial:

  • Tramo 2: Hasta 1.600 UF en todas las regiones del país.

  • Tramo 3: Hasta 2.200 UF en todas las regiones del país.