El Seguro de Cesantía permite retirar fondos en caso de desempleo, pensión o fallecimiento del afiliado, mediante trámites presenciales o en línea.
La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) gestiona el Seguro de Cesantía, un mecanismo de protección económica para quienes trabajan bajo contrato regido por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o son trabajadoras y trabajadores de casa particular.
El retiro de fondos desde la Cuenta Individual de Cesantía está habilitado únicamente para personas que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
- Estar cesante y cumplir los requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía.
- Ser pensionado por vejez, invalidez total o invalidez parcial definitiva.
- Haber fallecido, caso en el cual el trámite puede ser realizado por los beneficiarios.
Trámite de retiro para pensionados
Las personas pensionadas que mantengan saldo en su cuenta pueden solicitar el retiro total de los fondos a través de la Sucursal Virtual de la AFC.
El procedimiento contempla los siguientes pasos:
- Ingresar a la Sucursal Virtual de la AFC con RUT y Clave Única o Clave AFC.
- Seleccionar la opción “Cobrar saldo pensionado”.
- Adjuntar documentación que acredite la pensión, como el dictamen de la Comisión Médica en casos de invalidez.
Trámite para personas cesantes
En el caso de quienes se encuentran sin trabajo, el Seguro de Cesantía se paga en cuotas mensuales, con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía o al Fondo de Cesantía Solidario, según corresponda.
Para iniciar el cobro se debe:
- Ingresar a la Sucursal Virtual de la AFC con RUT y Clave Única o Clave AFC.
- Solicitar el cobro del seguro.
- Adjuntar documentos que acrediten el término de la relación laboral, como el finiquito.
Trámite para beneficiarios de una persona fallecida
Si el afiliado ha fallecido, sus beneficiarios pueden retirar los fondos de la cuenta.
El trámite debe realizarse de manera presencial:
- Acudir a cualquier sucursal de la AFC en el país.
- Completar el formulario de solicitud de retiro por fallecimiento.
- Presentar la cédula de identidad del solicitante y el certificado de defunción del afiliado.
