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Revista Digital Minera REDIMIN > Industria Minera > Corte Suprema confirma multa a Minera Candelaria por no disminuir uso de agua subterránea
Industria Minera

Corte Suprema confirma multa a Minera Candelaria por no disminuir uso de agua subterránea

Última Actualización: 24/06/2022 11:04
Publicado el 24/06/2022
Cristian Recabarren Ortiz
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La Corte Suprema dictó sentencia en causa de reclamación de Compañía Contractual Minera Candelaria, ubicada en Tierra Amarilla, Región de Atacama, resolviendo las casaciones interpuestas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) y terceros.

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Esto, en contra de la sentencia dictada por el Segundo Tribunal Ambiental, invalidándola y dictando sentencia de reemplazo que confirma la legalidad de la sanción dictada por la SMA en 2016.

Corte Suprema confirma multa a Minera Candelaria por no disminuir uso de agua subterránea

Esta resolución dice relación con no rebajar su consumo de agua fresca subterránea “en virtud de la creciente recirculación de aguas provenientes del depósito de relaves y de la inserción de aguas tratadas y desalinizadas al sistema”, lo cual produjo daño ambiental en la cuenca del río Copiapó.

La infracción fue clasificada como grave, siendo sancionada con una multa de 4.176 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalente a $ 2.918 millones.

Así, la SMA deberá dictar una nueva resolución sancionatoria que cumpla con la sentencia del Tribunal Ambiental en todo lo que no fue invalidado por la Suprema.

En un comunicado, el Fiscal (s) de la SMA, Benjamín Muhr, dijo que “la sentencia de la Corte Suprema respalda el accionar jurídico de la SMA en esta investigación”. Destacó que el fallo sostiene que la SMA no sólo cuenta con facultades para interpretar la normativa ambiental, dentro del margen de su labor fiscalizadora, sino que es su deber así hacerlo, “indicando que no cabe duda de que se encuentra facultada para calificar jurídicamente los hechos”.

El Fiscal (S) explicó que la resolución establece que la SMA tiene espacios de “discrecionalidad, pues son indispensables para el ejercicio de la potestad punitiva del Estado desde que constituye una herramienta eficaz para conseguir que el administrado cumpla el ordenamiento jurídico público”.

A pesar de no estar de acuerdo con la decisión de la Corte Suprema, Minera Candelaria reafirma su compromiso con el medio ambiente y las comunidades vecinas, lo que se refleja en diversas iniciativas. Minera Candelaria abastece su operación en un 100% con agua desalada proveniente de su planta desalinizadora ubicada en su Puerto Punta Padrones en Caldera. La compañía no utiliza aguas subterráneas para ninguno de sus procesos productivos.

Reacción de la empresa

En un comunicado, Minera Candelaria indicó que «reafirma su compromiso con el medio ambiente y las comunidades vecinas, lo que se refleja en diversas iniciativas. Minera Candelaria abastece su operación en un 100% con agua desalada proveniente de su planta desalinizadora ubicada en su Puerto Punta Padrones en Caldera. La compañía no utiliza aguas subterráneas para ninguno de sus procesos productivos».

Además, sostuvo que está enfocada en «la mejora continua de sus procesos, aplicando su conocimiento y experiencia en Chile para desarrollar una minería sustentable, utilizando tecnología y cada vez más cercana y conectada con las comunidades en las que opera. Está totalmente comprometida con la Minería Responsable y con el cumplimiento de todas las leyes aplicables».

Fuente: Diario Financiero

Etiquetas:ChileCorte SupremaMinera CandelariaSegundo Tribunal AmbientalSMA
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