Estos son los cuatro aportes a los que puedes optar si no tienes trabajo en octubre 2025

Seguros, fondos y subsidios son parte de los aportes que ofrece el Estado a personas sin trabajo. A continuación, revisa en qué consisten y cómo acceder a ellos.

Cada mes, el Estado de Chile hace entrega de hasta cuatro aportes monetarios directos a personas que estén cesantes y buscando empleo.

Recordemos que, en nuestro país, según la Encuesta Nacional de Empleo, la tasa de desocupación es de 8,7% en el último trimestre sondeado (mayo-julio 2025).

Es ante ese escenario que se vuelve fundamental tener un aporte al que poder echar mano durante el tiempo sin trabajo. A continuación, revisa cuáles son los beneficios a los que optar y cómo hacerlo.

Subsidio de Cesantía

El Subsidio de Cesantía es un aporte monetario mensual destinado a trabajadores/as que hayan perdido su empleo. Es entregado por un máximo de 360 días.

Algunos de los requisitos para acceder al Subsidio de Cesantía son:

  • Estar cesante por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Tener al menos 52 semanas o 12 meses continuos o discontinuos de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en los Registros de Cesantía que deberá llevar cada institución previsional y cada Municipalidad con el fin de asignarles trabajos de asistencia en beneficio de la comunidad.

Si eres beneficiario del Subsidio de Cesantía, debes saber que los montos varían de forma decreciente en el tiempo. Mira los detalles acá:

  • Los primeros 90 días: $17.338 por mes.
  • Entre los 91 y los 180 días: $11.650 por mes.  
  • Entre los 181 y 260 días: $8.669 por mes.

Fondo de Cesantía Solidario

El Fondo de Cesantía Solidario es un aporte del Estado y del empleador que otorga una serie de prestaciones.

Revisa aquí algunos de los requisitos para acceder al Fondo de Cesantía Solidario:

  • Estar cesante.
  • No tener recursos suficientes en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
  • Tu contrato terminó por vencimiento del plazo, caso fortuito o fuerza mayor.
  • Cuentas con 10 cotizaciones pagadas por el FCS en los 24 meses anteriores al despido.
  • Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.

Seguro de Cesantía

El Seguro de Cesantía es un beneficio económico destinado a afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC).

En este caso, las condiciones para acceder son las siguientes:

  • Acreditar cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
  • Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
  • Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
  • Contar las cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio o, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
  • Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.

Indemnización por término de contrato

La Indemnización por término de contrato es la cuarta y última ayuda de este tipo, la que actúa como reemplazo o complemento de la indemnización legal por años de servicio. 

En simple, consta de un acuerdo que se puede alcanzar con el empleador a partir del séptimo año de relación laboral, lo que la hace más flexible que las anteriores.

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