Un apoyo económico vitalicio puede solicitarse online o en oficinas de ChileAtiende, sin costo alguno.
Con el objetivo de proteger a los cónyuges sobrevivientes de pensionados fallecidos, el Estado otorga una pensión mensual de hasta $134.000, que puede mantenerse de por vida si se cumplen ciertas condiciones. Esta ayuda, conocida como Pensión de Viudez, está dirigida exclusivamente a quienes fueron cónyuges de personas afiliadas al ex Servicio de Seguro Social (SSS).
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio estatal?
El beneficio está dirigido a personas viudas de afiliados o pensionados del antiguo Servicio de Seguro Social (SSS), y su obtención está sujeta al cumplimiento de una serie de requisitos obligatorios. Estos buscan asegurar que la relación con el fallecido sea legítima y que exista un vínculo económico previo al deceso.

Los principales requisitos son:
- Haber estado casado/a al menos seis meses antes del fallecimiento (tres años si el cónyuge fallecido estaba pensionado por vejez o invalidez absoluta).
- El fallecido debe contar con al menos 402 semanas de cotizaciones.
- La causa de muerte no debe haber generado una pensión por accidente laboral o enfermedad profesional.
En el caso de cónyuges hombres, deben además acreditar dos condiciones adicionales:
- Haber sido declarado inválido por la COMPIN.
- Haber vivido a expensas de la cónyuge fallecida, lo que debe probarse mediante un informe social o documento de respaldo.
Importante: Si una viuda menor de 55 años vuelve a contraer matrimonio, pierde el derecho a seguir recibiendo la pensión. Sin embargo, puede solicitar un pago único equivalente a dos años del beneficio.
¿Cómo postular a la Pensión de Viudez?
El trámite es completamente gratuito y puede realizarse de forma online o presencial. A continuación, se detallan ambas opciones:
Trámite en línea
- Ingresar a la plataforma ChileAtiende.cl
- Seleccionar la opción «Pensión de Viudez».
- Iniciar sesión con RUT y ClaveÚnica.
- Completar el formulario con los antecedentes solicitados.
- Enviar la solicitud y esperar confirmación.
Trámite presencial
- Reunir la documentación requerida:
- Cédula de identidad vigente.
- Certificado de matrimonio.
- Libreta del ex SSS (si la posee).
- Copia de dictamen de invalidez, en caso de viudo.
- Informe social o autorización que pruebe que vivía a expensas del cónyuge fallecido.
- Poder notarial, si postula una tercera persona.
- Acudir a una oficina de ChileAtiende.
- Explicar el motivo de la visita.
- Entregar todos los antecedentes.
Una vez evaluada la solicitud, el Instituto de Previsión Social (IPS) notificará la resolución y, de ser favorable, el pago del beneficio se realizará de forma mensual y vitalicia.
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