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Licencia de conducir: estos son los casos en que puede ser cancelada en Chile

La cancelación de la licencia de conducir es una de las sanciones más severas que contempla la Ley de Tránsito y se aplica en situaciones específicas de…

Licencia de conducir: estos son los casos en que puede ser cancelada en Chile
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La cancelación de la licencia de conducir es una de las sanciones más severas que contempla la Ley de Tránsito y se aplica en situaciones específicas de reincidencia o por la gravedad de las conductas cometidas por el conductor. La norma también fija plazos y condiciones para solicitar nuevamente el documento.

Cuándo procede la cancelación de la licencia

La Ley de Tránsito establece que el juez debe decretar la cancelación de la licencia cuando una persona sea responsable por tres veces, dentro de los últimos 12 meses, de conducir bajo la influencia del alcohol, o por tres veces en los últimos 24 meses de manejar en estado de ebriedad o bajo el efecto de estupefacientes o sustancias sicotrópicas. También procede si hay reincidencia, dentro de los últimos 60 meses, en cuasidelito de homicidio o de lesiones con alguno de los resultados señalados en el número 1 del artículo 397 del Código Penal, o por conducir en estado de ebriedad o con pérdida notoria de conciencia debido al consumo de drogas.

La cancelación también se aplica cuando el conductor acumula tres o más infracciones o contravenciones gravísimas en los últimos 12 meses, o cuando ha sido condenado con suspensión de licencia por tres veces dentro de los últimos 12 meses, o cuatro veces dentro de los últimos 24 meses. En paralelo, el artículo 196 E dispone que, en caso de reincidencia en delitos de conducción en estado de ebriedad o bajo la influencia de estupefacientes o sustancias sicotrópicas, el juez debe decretar la cancelación cuando estime que la conducción del infractor ofrece peligro para el tránsito o para la seguridad pública, fundándolo en la hoja de vida del conductor o en razones médicas debidamente comprobadas.

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  • Tres infracciones por manejo bajo la influencia del alcohol en 12 meses.

  • Tres infracciones por manejo en estado de ebriedad o bajo drogas en 24 meses.

  • Reincidencia en cuasidelito de homicidio o lesiones graves en 60 meses.

  • Tres o más infracciones gravísimas en 12 meses.

  • Tres suspensiones en 12 meses o cuatro en 24 meses.

Qué ocurre después de la cancelación

La ley señala que, una vez cancelada la licencia, el infractor puede solicitar una nueva al Departamento de Tránsito y Transporte Público de la municipalidad de su domicilio después de dos años, salvo que la sentencia haya impuesto un plazo superior. Además, si una persona es sorprendida conduciendo pese a tener la licencia cancelada, arriesga presidio menor en su grado mínimo y multa de hasta 15 unidades tributarias mensuales.

Existen, sin embargo, reglas más estrictas en ciertos delitos. En los casos del artículo 196 E, la ley indica que, cumplidos al menos seis años desde la cancelación, el juez podrá alzar la medida solo si nuevos antecedentes permiten estimar fundadamente que desapareció el peligro para el tránsito o para la seguridad pública. A su vez, el texto refundido de la Ley de Tránsito establece que, cuando la cancelación derive de lo dispuesto en los artículos 193 y 196, el juez podrá alzarla transcurridos doce años desde que se canceló la licencia, bajo esa misma exigencia.