Nuevo beneficio en Chile: Compensación por Expectativa de Vida para mujeres pensionadas

Desde enero, las adultas mayores en Chile pueden acceder a un beneficio adicional conocido como la Compensación por Expectativa de Vida. Este aporte tiene como objetivo nivelar las diferencias en las pensiones de hombres y mujeres, considerando la mayor esperanza de vida de las beneficiarias y su retiro anticipado.

¿A quiénes está dirigido este beneficio?

Según información proporcionada por ChileAtiende, esta compensación se asigna automáticamente a mujeres que cumplen ciertas condiciones específicas. Entre los requisitos, se encuentra tener 65 años o más y recibir una pensión de vejez o invalidez como titulares de una AFP o compañía de seguros. La pensión debe estar basada en las cotizaciones obligatorias tanto propias como del empleador. Además, es indispensable que las postulantes no cuenten con cobertura del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia.

Otro criterio importante es estar afiliadas y haber efectuado al menos una cotización en el Seguro Social destinado al Fondo Autónomo de Protección Previsional antes de cumplir los 50 años. Sin embargo, este beneficio no aplica para quienes ya estaban pensionadas o afiliadas al sistema previsional anterior al 1 de agosto de 2025. Las interesadas pueden verificar si cumplen con los requisitos ingresando su RUT y fecha de nacimiento en línea.

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¿Cómo se determina el monto de la compensación?

El monto asignado por la Compensación por Expectativa de Vida depende de factores como la edad de la beneficiaria y la diferencia existente entre su pensión y la de un hombre en igualdad de condiciones. La ley establece el siguiente esquema porcentual:

  • 65 años: el beneficio cubre el 100% de la diferencia.
  • 64 años: el aporte corresponde al 75% de la brecha.
  • 63 años: financia el 50% de la brecha.
  • 62 años: otorga el 25% de diferencia.
  • 61 años: cubre el 15% de la diferencia.
  • 60 años: financia el 5% de la brecha.

Es destacable que este beneficio se entrega exclusivamente desde los 65 años, independientemente de si la beneficiaria se pensionó con anterioridad. Además, se garantiza un monto mínimo equivalente a 0,25 Unidades de Fomento (UF), como medida adicional para proteger a quienes registren pensiones muy bajas.

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