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Revista Digital Minera REDIMIN > Empresa > Por incumplimiento de sentencia que favoreció al proyecto Dominga: Sindicato de pescadores artesanales presentan querella por desacato y falsificación ideológica contra Ministra de Medioambiente, María Eloísa Rojas 
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Por incumplimiento de sentencia que favoreció al proyecto Dominga: Sindicato de pescadores artesanales presentan querella por desacato y falsificación ideológica contra Ministra de Medioambiente, María Eloísa Rojas 

Última Actualización: 20/02/2025 20:42
Publicado el 20/02/2025
Cristian Recabarren Ortiz
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El Sindicato de pescadores artesanales de Totoralillo Norte y otros pescadores y mariscadores presentarán una querella por los delitos de desacato y falsificación ideológica en contra de la Ministra Medioambiente, María Eloísa Rojas C., y otras autoridades que conformaron el Comité de Ministros, por no haber dado cumplimiento en el plazo y condiciones fijados por el Primer Tribunal Ambiental (1TA) en la sentencia de 9 de diciembre de 2024, que acogió la reclamación de Andes Iron SpA, titular del Proyecto Dominga. Los imputados arriesgan incluso pena de cárcel.  

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“Esta es la primera vez en la historia, desde 1994, que el Comité de Ministros, conformado por seis ministros de Estado, no da cumplimiento a lo ordenado por un Tribunal Ambiental, quebrantando la sentencia y el Estado de Derecho. Con ello se exponen no sólo a su responsabilidad administrativa, sino que también penal y a una eventual acusación constitucional”, advirtió Marcelo Castillo Sánchez, representante de los pescadores.  

Por incumplimiento de sentencia que favoreció al proyecto Dominga: Sindicato de pescadores artesanales presentan querella por desacato y falsificación ideológica contra Ministra de Medioambiente, María Eloísa Rojas 

De acuerdo con el Código Penal, el delito de “desacato” (desobediencia a una orden judicial) tiene asignada una pena de reclusión menor en su grado medio a máximo 541 a 5 años. La “falsificación ideológica”, referida a cuando dolosamente se insertan declaraciones falsas en un documento público, en tanto, arriesga una pena de hasta 6 años de privación de la libertad y 365 días de multa. 

La acción legal se sustenta en que el Comité de Ministros, que se realizó el 10 de enero de 2025, no cumplió con ninguna de las condiciones exigidas por el Primer Tribunal de Antofagasta, que acogiendo la reclamación de Andes Iron, estableció las condiciones en que debía resolver nuevamente el órgano ministerial.  

“El Comité de Ministros incurrió en un manifiesto y grave desacato de lo ordenado cumplir por el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, lo que fue corroborado por la resolución de 17 de febrero de 2025, de dicho tribunal, que constató el incumplimiento del plazo judicial, y de las condiciones fijadas en la Resolución Exenta N° 20259910145, de manera que anuló y dejó sin efecto sus considerandos 12, 13 y 15, así como los puntos 2, 6, 16, 17, 18 y 19 de su parte resolutiva, atendido a que incumplen la sentencia dictada en autos como se estableció en esta resolución, cuyos efectos quedan suspendidos hasta la dictación del acto complementario que se ordena a continuación”, argumentó Marcelo Castillo.  

Actuación que Castillo calificó como inédita en la historia de la institucionalidad ambiental. “Una verdadera dictadura ambiental del Gobierno, en que no se respeta la institucionalidad ambiental, las leyes y los fallos de los tribunales de justicia, sólo para cumplir la promesa de campaña del Presidente Boric, que expresó su rechazo al Proyecto Dominga, de manera infundada y violatoria de los derechos fundamentales del titular del Proyecto y de los pescadores que apoyan a Dominga”.  

“Nunca había visto un despliegue de todo el aparato del Estado para rechazar, sin ningún fundamento legal, un proyecto que en todas las instancias judiciales ha demostrado que cumple con la legislación ambiental y que es un proyecto sustentable. Este es un pésimo precedente para el Estado de Derecho, la institucionalidad ambiental, el desarrollo sustentable y la inversión extranjera, pues no se han respetado las reglas del juego”, sentenció. 

Entre las consideraciones, se cuentan que la resolución del Comité de Ministros se dictó fuera del plazo legal, que vencía el 31 de diciembre de 2024, mediante la Resolución Exenta N° 20259910145, de fecha 14 de enero de 2025, es decir, dos semanas después del plazo fijado por el tribunal. En segundo lugar, no fue integrado por Ministros Subrogantes que no se encontraran afectos a situaciones que comprometieran su imparcialidad y probidad administrativa, ya que dos de ellos habían emitido pronunciamientos previos contrarios al proyecto. En efecto, Ariel Espinoza, Ministro (S) de Medio Ambiente, presidió el Comité de Ministros en circunstancias que previamente había visado, en su calidad de abogado, un oficio que se pronunciaba en contra del Proyecto Dominga. En la misma situación se encontraba Julio Salas, Subsecretario de Pesca, y Ministro de Economía (S). quien suscribió un oficio desfavorable al recurso interpuesto por el proyecto Dominga. Y, en tercer lugar, la Resolución Exenta N° 20259910145 no se ajustó a las condiciones fijadas por el 1TA para dictar el acto de reemplazo e incorporó nuevos antecedentes que no fueron objeto de los recursos de reclamación.   

Etiquetas:Proyecto Dominga
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