Préstamo Solidario: cómo consultar deuda, fechas de pago y cuotas

El Préstamo Solidario del Estado, entregado como medida ante la pandemia del Covid-19, continúa su proceso de pago. En este artículo te explicamos cómo consultar tu deuda y realizar el trámite para saldarla.

Cómo consultar tu deuda

Si deseas verificar la existencia de deudas en relación con el Préstamo Solidario, puedes realizar una consulta a través del sitio web: Préstamo Solidario (sii.cl).

Una vez dentro de la página, debes seleccionar la opción «Autoconsulta» e iniciar sesión con la Clave Tributaria o Clave Única. Dentro del sistema, podrás ver el monto pendiente de pago o confirmar si el crédito estatal ya ha sido saldado.

Cómo se realiza el pago

La Operación Renta 2024 continúa, y este año también deben participar en el proceso aquellos que solicitaron el Préstamo Solidario.

Al momento de la solicitud, se acordó devolver el préstamo en cuatro cuotas, ajustadas al IPC, que deben comenzar a pagarse dos años después de la solicitud. Así, quienes lo solicitaron en 2020 pagan este año su tercera cuota, mientras que aquellos que lo pidieron en 2021 pagan su segunda cuota.

Cuáles son las fechas de pago del Préstamo Solidario

Para quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020:

  • Primera cuota: 2022
  • Segunda cuota: 2023
  • Tercera cuota: 2024
  • Cuarta cuota: 2025

Para quienes lo solicitaron en 2021:

  • Primera cuota: 2023
  • Segunda cuota: 2024
  • Tercera cuota: 2025
  • Cuarta cuota: 2026

Cómo calcular la cuota a pagar

Supongamos que una persona solicitó un Préstamo Solidario de $400.000, el pago de las cuotas sería el siguiente:

  • Cuota 1 (10%): $40.000 + IPC
  • Cuota 2 (30%): $120.000 + IPC
  • Cuota 3 (30%): $120.000 + IPC
  • Cuota 4 (30%): $120.000 + IPC

Caso excepcional en pensionados

Las personas pensionadas que solicitaron este préstamo podrán reembolsar el monto a la Tesorería General de la República en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, expresadas en UF y sin multas ni intereses. Además, el monto a pagar no puede exceder el 5% del monto de la pensión.

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