Tras los resultados de la elección celebrada el pasado 16 de noviembre, se definió un balotaje entre las dos candidaturas más votadas. El proceso definitivo para elegir a la próxima jefatura de Estado se llevará a cabo el 14 de diciembre bajo la modalidad de voto obligatorio.
Luego de la primera jornada electoral vivida este mes, la ciudadanía deberá acudir nuevamente a las urnas para definir quién asumirá la Presidencia de la República para el periodo 2026-2030. La segunda vuelta está programada para el próximo 14 de diciembre, fecha en la que se medirán las dos opciones que obtuvieron la mayoría de los sufragios.
Ante la proximidad del evento cívico, surgen dudas recurrentes sobre la obligatoriedad del sufragio y las posibles sanciones económicas.
Normativa: Voto obligatorio y multas
La ley establece que la participación en esta segunda vuelta es de carácter obligatorio. Aquellos ciudadanos que no acudan a votar y que no presenten una justificación válida ante la autoridad competente, se exponen a sanciones monetarias.
La normativa vigente detalla las siguientes condiciones y multas:
- Ciudadanos chilenos residentes: Todos los mayores de edad que no hayan sido condenados a pena aflictiva deben votar. En caso de no concurrir, la sanción es una multa que oscila entre 0,5 y 1,5 UTM.
- Excepciones a la multa: Los extranjeros habilitados para votar y los chilenos que residen en el exterior no quedarán afectos a la multa en caso de no participar en el proceso.
Consulta de mesa y local de votación
Para esta nueva jornada, es fundamental que los electores verifiquen sus datos, ya que podrían existir modificaciones o confirmaciones respecto a su rol en el proceso (como la designación de vocales de mesa).
Para conocer el local de votación asignado, la mesa correspondiente o si ha sido designado vocal, los usuarios deben ingresar su RUT en la plataforma online del Servel. Se recomienda realizar esta consulta con anticipación al 14 de diciembre para evitar contratiempos el día de la elección.
