Tesorería devuelve $430.808 millones en excedentes del Impuesto a la Renta

La Tesorería General de la República ha comenzado con la devolución de excedentes del Impuesto a la Renta a más de un millón de contribuyentes que presentaron su declaración durante la primera fase de la Operación Renta. Según informó la institución, el monto total devuelto alcanza los $430.808 millones.

Devolución a través de transferencia electrónica

De acuerdo con la Tesorería, el 99,55% de las devoluciones se ha realizado mediante transferencia electrónica, a cuentas bancarias proporcionadas por cada contribuyente durante el proceso. Hernán Nobizelli, Tesorero General de la República, resaltó que este año la devolución se ha realizado con éxito, a pesar de la masividad y complejidad del proceso.

«Este año la tesorería nuevamente ha cumplido exitosamente con la devolución de renta, pese a la masividad y complejidad del proceso, realizado en un corto periodo, que en esta ocasión fue de 25 días», añadió Nobizelli.

Retenciones legales

En esta primera etapa de la Operación Renta, la Tesorería realizó retenciones legales a 174.086 contribuyentes, por un total de $36.081 millones. Estas retenciones se llevaron a cabo principalmente por deudas de crédito universitario solidario, crédito con aval del Estado, multas con Servicios de Salud y la Dirección del Trabajo, entre otros entes.

«Destacó el aumento en la retención aplicada a los contribuyentes que aparecen en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos”, con un total de 9.992 contribuyentes afectados por un monto de $1.574 millones, señaló Nobizelli.

Calendario de devolución

El cronograma de devolución de los excedentes de Impuesto a la Renta varía según el medio de pago y la fecha de presentación de la declaración. Aquellos que optaron por recibir un cheque, lo recibirán el 30 de mayo. En cuanto a las transferencias electrónicas, se realizarán en las siguientes fechas:

  • 26 de abril: para aquellos que presentaron su declaración entre el 1 y el 8 de abril.
  • 14 de mayo: para quienes declararon entre el 9 y el 19 de abril.
  • 20 de mayo: para aquellos que presentaron su declaración entre el 20 y el 26 de abril.
  • 28 de mayo: para quienes declararon entre el 27 de abril y el 10 de mayo.
Compartir este Artículo
Salir de la versión móvil