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Revista Digital Minera REDIMIN > Industria Minera > Tribunal Ambiental Confirma Creación del Área Marina «Mar de Pisagua» Pese a Oposición de Minera Bullmine
Industria Minera

Tribunal Ambiental Confirma Creación del Área Marina «Mar de Pisagua» Pese a Oposición de Minera Bullmine

Última Actualización: 04/04/2025 19:23
Publicado el 04/04/2025
Cristian Recabarren Ortiz
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El Primer Tribunal Ambiental rechazó la reclamación de la Sociedad Contractual Minera Bullmine contra el Decreto Supremo N° 22, que declaró el Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos «Mar de Pisagua».

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El rechazo a la reclamación de Bullmine

El Primer Tribunal Ambiental, en fallo dividido, desestimó la reclamación presentada por la Sociedad Contractual Minera Bullmine contra el Decreto Supremo N° 22 que creó el Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos «Mar de Pisagua». Los ministros Marcelo Hernández y Alamiro Alfaro acordaron rechazar la reclamación debido a que el Decreto Supremo cumplió con la normativa vigente en su proceso de tramitación y dictado y no le resultaba aplicable la Ley N° 21.600.

Tribunal Ambiental Confirma Creación del Área Marina «Mar de Pisagua» Pese a Oposición de Minera Bullmine

El ministro Alfaro, redactor de la sentencia, explicó que la declaración del Santuario se realizó antes de la entrada en vigencia de la Ley N° 21.600, por lo que su nueva regulación no puede aplicarse de manera retroactiva a este caso.

«La circunstancia de que la Contraloría General de la República haya tomado razón del decreto posteriormente a la entrada en vigor de la Ley N° 21.600 no afecta su legalidad, ya que esto constituye un requisito para la eficacia del acto, no para su existencia», afirmó el ministro Alfaro.

Además, el tribunal estableció que el procedimiento de creación del área marina protegida cumplió con las normas de la Ley N° 19.880, que regula la participación ciudadana, descartando la supuesta vulneración a estas normas.

Opinión disidente

La ministra Sandra Álvarez fue la única en manifestar su opinión disidente y estuvo a favor de acoger la reclamación de Bullmine. Consideró que el procedimiento administrativo no se encontraba ajustado a la Ley N° 21.600, ya que estaba pendiente el trámite de toma de razón al momento de la dictación de la ley. Por lo tanto, sostuvo que se debía aplicar la nueva legislación en la tramitación del área marina costera protegida «Mar de Pisagua».

En su reclamación, SCM Bullmine argumentó que el decreto se basó en normas derogadas y que el procedimiento no cumplió con las etapas establecidas en la Ley N° 21.600, como la participación ciudadana y consultas formales a gobiernos regionales, municipalidades y organizaciones indígenas. También sostuvo que se vulneró el principio democrático al modificar el órgano encargado del plan de manejo y crear una categoría de protección no contemplada en la norma.

A pesar del rechazo de la reclamación, SCM Bullmine afirmó que el Ministerio debió cumplir con un estándar de participación ciudadana según la normativa anterior, ya que las actividades realizadas no fueron representativas, pluralistas ni abiertas a toda la comunidad.

La importancia del Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos «Mar de Pisagua»

El Área Marina Costera Protegida de Múltiples Usos «Mar de Pisagua» abarca aproximadamente 734,6 km² y se encuentra ubicada frente a la comuna de Huara, en la Región de Tarapacá. Este espacio protegido alberga una diversidad de especies y ecosistemas, como bosques de macroalgas pardas, el pingüino de Humboldt, la tortuga verde, el lobo fino austral, peces de roca y el chungungo; además de sitios de anidación y reproducción de aves marinas, la pesca artesanal tradicional y el patrimonio histórico-cultural subacuático.

Con la creación de esta área protegida se busca conservar la diversidad biológica y proteger el patrimonio natural del país, a través de la preservación, restauración y uso sustentable de genes, especies y ecosistemas, de acuerdo con la Ley N° 21.600.

Lee la sentencia completa del Primer Tribunal Ambiental aquí.

Etiquetas:ChileMedio Ambiente
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