Tribunal desestima reclamo y respalda continuidad del proyecto minero Los Bronces

Por:
Jonathan Naveas
Publicado porJonathan Naveas
Editor en Revista Digital Minera
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El Segundo Tribunal Ambiental resolvió rechazar una reclamación contra la aprobación del proyecto minero “Desarrollo Los Bronces” tras una evaluación judicial.

Confirmación de la Resolución de Calificación Ambiental del proyecto

El Segundo Tribunal Ambiental reafirmó la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) otorgada al proyecto “Desarrollo Los Bronces” luego de desestimar una reclamación presentada por vecinos liderados por Óscar Aldunate Herrera y la Junta de Vecinos Las Varas. Estos denunciaban que el uso de la ruta G-21, esencial para la operación, presentaba cambios que impactaban los sistemas de vida de la comunidad y justificaban una revisión de la RCA. Según el Tribunal, el uso de la ruta evaluado no presentó modificaciones significativas respecto al análisis original.

El tribunal señaló en su fallo que “la variable ambiental uso de la ruta G-21, no varió sustantivamente, de manera que la RCA del proyecto no requiere ser revisada, conforme lo determina el artículo 25 quinquies de la Ley Nº 19.300 y artículo 74 del Reglamento del SEIA”. Este argumento fue determinante al descartar las solicitudes de los reclamantes y dar continuidad al proyecto bajo las condiciones previamente aprobadas.

Análisis: flujo vehicular y tiempos de viaje

En su dictamen, el Tribunal repasó indicadores como tiempos de viaje, flujo vehicular y nivel de servicio en la ruta G-21. Determinó que no existían cambios sustanciales respecto a los parámetros originales evaluados en 2010. Específicamente, se concluyó que el flujo vehicular analizado en 2018 no presentó discrepancias significativas frente a las proyecciones iniciales, declarando que las modificaciones fueron mínimas.

De igual manera, se observó que los tiempos de viaje para vehículos livianos entre 2014 y 2018 resultaron incluso mejorados en ciertos tramos, como Las Puertas–Corral Quemado. Esto confirmó que el comportamiento de la ruta estuvo acorde con lo previsto en la evaluación ambiental inicial.

  • Los tiempos de viaje no mostraron cambios significativos.
  • El flujo vehicular mantuvo niveles de servicio aprobados en 2010.
  • El riesgo de accidentes no aumentó de manera comprobable debido al proyecto.

La resolución enfatiza que, bajo el artículo 25 quinquies de la Ley Nº 19.300, el comportamiento de la ruta G-21 no justifica una modificación de la RCA. Esto sienta un precedente que podría influir en futuros desafíos legales relacionados con proyectos mineros y su impacto ambiental.

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