Anglo American arremete por proyecto El Soldado y acusa “una serie de vicios de legalidad” en el rechazo de su Declaración de Impacto Ambiental

A partir de la presentación del recurso de reclamación presentado por Anglo American Sur S.A., la directora ejecutiva del SEA, Valentina Durán, tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir su pronunciamiento. Sin embargo, conocedores de este tipo de instancia, señalaron a Pulso que el SEA suele demorar un plazo mayor.

Anglo American Sur S.A. presentó este martes un reclamo de ilegalidad ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), encabezada por la abogada Valentina Durán, quien fuera nombrada en su cargo por el Presidente Gabriel Boric.

En su presentación de 96 páginas, la minera anglo sudafricana solicitó a la autoridad revertir la resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental de Valparaíso (COEVA), que resolvió rechazar la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de su proyecto denominado “Continuidad Operacional Fase V El Soldado”.

La iniciativa, que considera una inversión de US$40 millones y que apunta a hacer frente al incremento en los costos de operación mina asociado al transporte de estéril, contaba con un Informe Consolidado de Evaluación Ambiental (ICE) elaborado por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) favorable, pero la COEVA de Valparaíso decidió desestimar dicha recomendación.

Así, en base al expediente de evaluación ambiental del proyecto, “éste nunca fue cuestionado por falta de información relevante o esencial ya que todos los Órganos de la Administración del Estado con Competencia Ambiental (OAECA) se manifestaron conformes con el proyecto”.

Sin embargo, según Anglo American, “dichas conformidades el día de la sesión de la COEVA de Valparaíso no fueron tomadas en cuenta, incluso por los propios organismos que participaron durante la evaluación ambiental, los cuales sorpresivamente cambiaron su decisión, sin entregar argumentos técnicos ni jurídicos y limitándose solamente a señalar genéricamente la supuesta falta de información para acreditar ciertos ECC del artículo 11 de la Ley N°19.300″.

“La COEVA de Valparaíso incurrió en una serie de vicios de legalidad al rechazar el Proyecto, dentro de los cuales destaca en una evidente falta de la debida motivación de la RCA, en cuanto acto administrativo terminal. Esto se manifiesta, por una parte, en una absoluta carencia de fundamentos jurídicos y fácticos en base a los cuales se intentó justificar el rechazo; y, por la otra, en el uso de argumentos durante la sesión de la COEVA de Valparaíso que no tienen sustento en los antecedentes acompañados en el expediente de evaluación ambiental”, acotó el mismo escrito.

Acusaciones
La primera ilegalidad en que incurre la COEVA de Valparaíso, de acuerdo a Anglo American, tiene que ver con la falta de motivación del acto administrativo. “La calificación desfavorable del proyecto, no solo carece de fundamentos fácticos y jurídicos -criterios técnicos- que justifiquen racionalmente la causal de rechazo, sino que no explica los fundamentos por los cuales se requería que ingresara a través de un EIA“, sostuvo.

Asimismo detalló que por medio de una solicitud de Acceso a la Información requirió al SEA la grabación de la sesión de la comisión. Tras su transcripción, se aprecia que la “fundamentación” entregada por el Seremi de Medio Ambiente, Hernán Ramírez, fue utilizada sin excepción por todos sus pares que decidieron calificar desfavorablemente el proyecto.

Según Anglo American, la segunda ilegalidad en la que incurre la resolución reclamada tiene que ver con la afectación del principio de congruencia, ya que lo resuelto por la comisión no tiene sustento en los antecedentes acompañados en el expediente de evaluación ambiental.

Por último, la tercera ilegalidad se relaciona con la regla que impone el inciso 2° del artículo 25 de la Ley N°19.300, en cuanto a que las exigencias han de “responder a criterios técnicos solicitados por los servicios públicos que hubiesen participado en el proceso de evaluación”.

Plazos

A partir de la presentación del recurso de reclamación presentado por Anglo American Sur S.A. La directora ejecutiva del SEA, Valentina Durán, tiene un plazo máximo de 30 días hábiles para emitir su pronunciamiento.

Sin embargo, conocedores de este tipo de instancia, señalaron a Pulso que el SEA suele demorar un mayor plazo, que incluso puede alcanzar en ocasiones hasta cinco meses.

Una vez que concluya este proceso, si la resolución es negativa, el titular puede acudir al Tribunal Ambiental de Santiago y tiene un plazo de 30 días hábiles desde efectuada la notificación. Y si nuevamente fuera adversa la resolución, la última instancia es acudir a la Corte Suprema.

Descripción

El proyecto corresponde a una optimización de determinadas instalaciones y del funcionamiento de la faena minera, junto con la incorporación de una nueva fase de extracción que, a su vez, modifica la secuencia de la fase anterior. En efecto, el alcance de la iniciativa se limita netamente a las actividades extractivas en el sector norte del rajo El Soldado. De esta forma, su vida útil, así como de sus partes y obras, será de siete años.

La explotación de la Fase V comenzará desde los bancos superiores para alcanzar el fondo del rajo entre los años 2025 y 2026, mientras que la extracción de material en la Fase IV se irá reduciendo a partir de 2022. La extracción de material culminará en 2027, para dar paso a la fase de cierre del proyecto durante el año 2028.

La Fase V de El Soldado se ejecutará en gran parte sobre terrenos ya intervenidos por la actividad minera histórica y actual. En efecto, la faena minera data sus inicios desde a lo menos el año 1842, iniciando, sin embargo, su explotación a rajo abierto el año 1989, hace 33 años.

Declaración

Anglo American ha ingresado un Recurso de Reclamación ante la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental, solicitando la revocación de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que calificó desfavorablemente el proyecto “Continuidad operacional Fase V” de la operación El Soldado.

La solicitud explica y rebate los fundamentos entregados por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso, la cual señaló como fundamento para una RCA desfavorable, que el proyecto debió ingresar como un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), en lugar de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) ingresada y evaluada.

El proyecto Fase V cumple con la normativa ambiental aplicable (en su ingreso como una DIA), no presentando efectos o circunstancias que justifiquen la necesidad de ser evaluado como un Estudio de Impacto Ambiental. Durante el proceso de evaluación, los organismos técnicos competentes en materia ambiental descartaron impactos significativos en los componentes ambientales, tales como efectos en la salud de las personas, calidad y cantidad de los recursos naturales renovables, como son el suelo, aire o agua. Asimismo, descartaron impactos significativos sobre componentes ambientales que requieren una protección especial, como es el sitio prioritario de la Cordillera El Melón. Todo esto fue ratificado formalmente por dichos organismos, a través del Informe Consolidado de Evaluación (ICE), que recomendó la aprobación del Proyecto.

El proyecto Fase V de El Soldado fue diseñado siguiendo estándares de sustentabilidad, reduciendo la generación de emisiones y minimizando la intervención de nuevas áreas. La iniciativa corresponde a un proyecto de continuidad operacional, manteniendo la vida útil de la mina a 2027. Además, considera una serie de mejoras operacionales y ambientales, incluyendo la implementación de una innovación tecnológica para clasificar minerales de acuerdo con la ley de cobre – Clasificador de Minerales o Bulk Ore Sorting, por su denominación en inglés -, entre alta y baja ley, permitiendo con ello reducir el uso de energía y la generación de residuos.

 

 

Fuente: Pulso

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