Cuando una empresa tiene 20 o más empleadas, el Código del Trabajo le impone la obligación de brindarles el derecho a sala cuna, lo que se traduce en contratar un establecimiento autorizado para que sus trabajadoras lleven a sus hijos, siempre que sean menores de dos años.
La compañía puede cumplir con su responsabilidad mediante tres maneras, ya sea manteniendo individualmente una sala cuna; en forma conjunta con otras entidades; o pagándole directamente al recinto donde la funcionaria lleva a su pequeño.
Si bien la legislación no permite que la trabajadora obtenga el dinero que paga su empleador por el costo del cuidado de su hijo, hay ocasiones en que se autoriza un denominado bono compensatorio de sala cuna.
¿En qué casos se paga el Bono Compensatorio de Sala Cuna?
La bonificación —cuyo monto varía según cada empresa, pero debe ser el apropiado para financiar el servicio de sala cuna, incluso cuando la madre trabajadora no pueda hacer uso de este beneficio— se otorga cuando la empleada se ajusta a una de las siguientes situaciones:
- Ejerce en una localidad en que no existe establecimiento infantil con la autorización debida
- Se desempeña en faenas mineras ubicadas en lugares apartados de centros urbanos
- Presta servicios en horarios nocturnos.
Cualquiera de estos tres motivos requieren la autorización de la Dirección del Trabajo (DT), la que debe ser solicitada por la empresa para concederle el respectivo dinero a su trabajadora.
¿Cuándo el bono compensatorio se paga sin el pronunciamiento de la DT?
Pese a lo anterior, hay una causal para entregar el bono compensatorio de sala cuna sin la intervención de la DT, ya que el apoyo monetario puede ser convenido entre la compañía y la empleada.
Esto ocurre cuando el niño menor de dos años padece problemas médicos que imposibilitan su envío a una sala cuna, lo que debe estar debidamente certificado por un profesional de la salud.
«Si las partes lo establecen, deberán suscribir un acuerdo en el que conste el otorgamiento y monto del bono compensatorio, sin necesidad del análisis posterior por parte de la Dirección del Trabajo», señala este organismo en su web.
Fuente: Meganoticias