Bono Trabajo Mujer: ¿Quiénes recibirán el pago de septiembre?

Mañana martes 30 de septiembre se realizará el noveno pago mensual del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), que está dirigido a trabajadoras dependientes e independientes de entre 25 y 59 años que pertenezcan al 40% más vulnerable del Registro Social de Hogares (RSH).

Dentro de las características del BTM está el ser un beneficio postulable en cualquier fecha del año de manera online a través del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), y que se paga en dos modalidades: mensual y anual.

¿Cuál es el monto del BTM?

El monto del BTM en su modalidad mensual se calcula según la renta de la mujer trabajadora:

  • Renta mensual igual o inferior a $294.377: se puede recibir desde $1 a $44.157 (a mayor renta, el monto aumenta).
  • Renta mensual superior a $294.377 e igual o inferior a $367.971: se puede recibir un monto cercano a los $44.157.
  • Renta mensual superior a los $367.971 e inferior a $662.348: se puede recibir un monto entre $44.157 y $1 (a mayor renta, el monto disminuye).

Los pagos mensuales corresponde a un «adelanto» que representa el 75% del bono, monto que es distribuido en los 12 meses del año. El 25% restante se pagó el mes de agosto, cuando el beneficio hace el pago en su modalidad anual.  

¿Quiénes reciben el pago de septiembre?

Por lo tanto, quienes recibirán el bono mañana martes serán las mujeres que optaron a la modalidad de pago mensual, ya que las del pago anual recibieron todo su dinero correspondiente a este año en la fecha de pago de agosto.

El monto de este pago está calculado según la renta percibida en junio y será transferido a la CuentaRUT de la trabajadora (o a otra cuenta bancaria), o se podrá retirar en sucursales de BancoEstado o BancoEstado Express.

¿Cuáles son los requisitos del BTM?

Además de las edades (entre 25 y 59 años, 11 meses) y el tramo del RSH (40%), otros requisitos para obtener este bono son:

  • Acreditar una renta bruta anual inferior a $7.948.180.
  • Si optas por pagos mensuales, tener una remuneración bruta mensual inferior a $662.348.
  • Estar al día en el pago de cotizaciones previsionales y de salud.
  • No trabajar en una institución del Estado o en una empresa con participación pública superior al 50%.
  • No tener solicitudes pendientes como beneficiaria del Subsidio al Empleo Joven.
  • En caso de ser trabajadora dependiente hay que acreditar las rentas mediante el Servicio de Impuestos Internos (SII) en el año calendario de la solicitud.

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