Tribunal confirma que la empresa demandada no cumplió los términos del contrato, respaldando la decisión de instancias inferiores.
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación en contra de la sentencia que acogió la demanda de cumplimiento forzado de contrato de trabajos de sondajes de empresas mineras. La Primera Sala del máximo tribunal determinó que no existió error en la sentencia impugnada.
El fallo establece que las alegaciones del recurrente buscaban establecer hechos no acreditados en la causa, contraviniendo lo decidido por los jueces de fondo, quienes concluyeron que la empresa demandada incumplió el contrato pactado. Además, la Corte señaló que solo los jueces de instancia están facultados para fijar los hechos de la causa, conforme al artículo 785 del Código de Procedimiento Civil.
Valoración de documentos y prueba de testigos
El tribunal también desestimó la alegación relativa a una supuesta errada ponderación del artículo 1702 del Código Civil, indicando que los documentos aportados fueron correctamente analizados por los sentenciadores. Asimismo, se rechazó la denuncia sobre vulneración de normas del Código de Procedimiento Civil relacionadas con la prueba de testigos, dado que el artículo 384 solo establece principios generales para la valoración probatoria.
Finalmente, la Corte Suprema confirmó que la fuerza probatoria de presunciones judiciales y la apreciación de informes periciales corresponde exclusivamente a los jueces de instancia, y que no se detectó ningún error de derecho que justificara revisar la sentencia mediante casación.
Fuente: Reporte Minero
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