Esta es la nueva fecha de pago del Subsidio Protege para enero: a quiénes les corresponde

El beneficio entrega a los trabajadores $200.000, para gastos de un menor de 5 años.

El Subsidio Protege contempla un cambio en su fecha de entrega para enero, diferenciándose de los habituales pagos que corresponden a partir del día 11 de cada mes.

De acuerdo al calendario del Sence, este mes comenzará a llegar a los beneficiarios a partir del miércoles 25 de enero.

Cabe destacar que las entregas de febrero y marzo vuelven a estar programados para los días 11 de los respectivos meses.

¿Quiénes reciben los pagos?

Durante enero, los receptores del subsidio recibirán uno de los pagos de $200.000 que les corresponden, en relación al momento en que realizaron la postulación:

  • Postulación en diciembre: reciben el primer pago.
  • Postulación en noviembre: reciben el segundo pago.
  • Postulación en octubre: reciben el tercer y último pago.
Conoce el detalle de los pagos del Subsidio Protege. Foto referencial.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al aporte?

El Subsidio Protege llega a trabajadores, sean dependientes o independientes, que estén al cuidado de un menor de 5 años y su empleador no les tenga garantizado el derecho a sala cuna.

Es por eso que se han dispuesto de tres aportes mensuales de $200.000 por cada menor.

Además de lo mencionado anteriormente, el trabajador debe contar con modalidad presencial, teletrabajo, a distancia o mixta y cumplir con un mínimo de cotizaciones.

  • Para trabajadores dependientes: contar con cuatro cotizaciones de salud y AFP, en los últimos 12 meses previos a la postulación, con una del mes anterior.
  • Para trabajadores independientes: deben haber cotizado como independiente en la última operación renta, con aporte de cotizaciones total o parcial. O bien, cumplir con cuatro cotizaciones de salud y AFP en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.

Sin embargo, la recepción del dinero es incompatible en las siguientes situaciones:

  • Si el trabajador se encuentra con licencia prenatal, postnatal o postnatal parental.
  • Está usando el permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
  • Está haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley Sanna.
  • En el caso de menores de 2 años, estar contratada en una empresa obligada a entregar el beneficio de sala cuna, por tener a 20 o más mujeres.
  • Para funcionarios de instituciones del sector público.

 

Fuente: La Tercera

 

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Juan Ricardo Ramos es asesor para diferentes rubros desde hace más de 15 años. Sin embargo, en el último tiempo, parte de su trabajo se ha enfocado en los trabajadores mineros de nuestro país.

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