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¿La ley de 40 horas aplica al sector público?

La Ley 21.561 , que reduce gradualmente la jornada laboral en Chile , sigue generando dudas sobre su alcance en el empleo público. Aunque el cambio ya comenzó…

La Ley 21.561, que reduce gradualmente la jornada laboral en Chile, sigue generando dudas sobre su alcance en el empleo público. Aunque el cambio ya comenzó a regir para trabajadores del sector privado, la normativa no se aplica de manera general al sector público, ya que su cobertura está acotada a relaciones laborales reguladas por el Código del Trabajo.

La norma no rige para planta, contrata ni honorarios

La información oficial difundida por ChileAtiende señala que la ley de 40 horas se aplica a trabajadores y trabajadoras cuya relación laboral se encuentra íntegramente regulada por el Código del Trabajo. Ese punto es clave para entender por qué la reducción de jornada no alcanza, en términos generales, a quienes se desempeñan en el Estado bajo otras modalidades.

En consecuencia, la ley no aplica a funcionarios de planta, a contrata ni a honorarios, porque su vínculo con la administración pública se rige por el Estatuto Administrativo y no por el Código del Trabajo. Por esa razón, la reducción progresiva de la jornada que comenzó en 2024 no modifica automáticamente la jornada del personal público sujeto a esos regímenes.

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La propia estructura de la ley refuerza ese criterio. El texto de la Ley 21.561 publicado por la Biblioteca del Congreso Nacional establece que la reforma modifica disposiciones del Código del Trabajo, entre ellas el artículo 22 sobre duración de la jornada ordinaria, fijando como tope las 40 horas semanales una vez completada la gradualidad.

La implementación avanza por etapas hasta 2028

El calendario oficial contempla una aplicación progresiva en un plazo de cinco años. De acuerdo con la información del Ministerio del Trabajo, la primera rebaja obligatoria comenzó el 26 de abril de 2024, cuando la jornada ordinaria pasó de 45 a 44 horas semanales.

El siguiente ajuste está programado para el 26 de abril de 2026, fecha en que la jornada deberá bajar a 42 horas semanales. Luego, el último tramo entrará en vigor el 26 de abril de 2028, cuando la legislación alcance su plena aplicación con una jornada de 40 horas semanales.

Ese cronograma corresponde al máximo legal de implementación. La normativa también permite que empleadores que estén afectos al Código del Trabajo adelanten voluntariamente la reducción y adopten antes una jornada de 40 horas.

Qué debe tener presente quien trabaja en el Estado

La duda sobre el sector público surge porque la ley tiene un efecto amplio en el mercado laboral, pero su marco jurídico no es universal. El punto decisivo no es si el empleador es público o privado, sino qué estatuto regula la relación laboral.

Por eso, aunque la regla general indica que el sector público no está cubierto por la ley de 40 horas, sí pueden existir casos específicos de trabajadores vinculados a organismos estatales bajo el Código del Trabajo, para quienes la normativa sí resulta aplicable. Fuera de esos casos, los funcionarios regidos por estatutos administrativos quedan al margen de esta reforma laboral.

Así, la respuesta oficial es clara: la ley de 40 horas no se aplica al sector público en general, sino a quienes mantienen una relación laboral sujeta al Código del Trabajo.