El Ministerio de Desarrollo Social y Familia implementa un programa que entrega un pago mensual a cuidadores de personas en situación de dependencia, conocido como estipendio, el cual se deposita a través del Instituto de Previsión Social (IPS).
Requisitos para acceder al beneficio
Para que una persona cuidadora pueda recibir el estipendio, la persona con discapacidad —quien actúa como causante— debe cumplir con los siguientes requisitos de manera simultánea:
- Estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores del Ministerio de Salud, a través de su establecimiento de atención primaria correspondiente (CESFAM, CECOF o posta rural).
- Contar con un cuidador o cuidadora que no perciba remuneración por sus servicios.
- No estar institucionalizada en un establecimiento de larga estadía para adultos mayores ni en otro recinto de internación prolongada para menores de edad.
El trámite de postulación no debe hacerlo el cuidador directamente, ya que es el equipo médico del centro de salud el encargado de gestionarlo.
Monto del estipendio
El beneficio entrega un pago mensual máximo de $32.991, el cual se reajusta cada año según la variación del IPC.
Este dinero no es imponible ni constituye renta, y además es compatible con otros beneficios sociales que no tengan el mismo objetivo, permitiendo a las personas cuidadoras acceder a apoyos complementarios.
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