PGU: estas son las 2 causales que permiten suspender el beneficio

La Pensión Garantizada Universal (PGU) puede ser suspendida por el Instituto de Previsión Social (IPS) cuando el beneficiario deja de cobrarla por 6 meses continuos o cuando no entrega, dentro de plazo, los antecedentes que le exigen para acreditar que sigue cumpliendo los requisitos. Así lo establecen ChileAtiende y el Compendio de Normas del Sistema de Pensiones de la Superintendencia de Pensiones.

Las causales de suspensión de la PGU

La primera causal es el no cobro de la PGU durante 6 meses seguidos. En ese caso, el beneficio puede quedar suspendido. La segunda causal ocurre cuando la persona no entrega los antecedentes que le pide el IPS para verificar que mantiene los requisitos exigidos para seguir recibiendo la pensión, dentro de los 3 meses calendario siguientes al requerimiento.

Qué pasa si la PGU fue suspendida

Si la suspensión se produjo por no cobro durante 6 meses continuos, la persona puede pedir la reactivación del beneficio dentro de los 6 meses contados desde la resolución de suspensión. Si no lo hace en ese plazo, el IPS debe extinguir o poner término a la PGU.

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En el caso de la suspensión por no entregar antecedentes, el beneficio se suspende si la persona no responde dentro de los 3 meses desde el requerimiento. Pero si además no entrega esos documentos o no se presenta, según corresponda, dentro de los 6 meses contados desde esa solicitud del IPS, también opera la extinción del beneficio.

No confundir suspensión con extinción

Las fuentes oficiales distinguen entre suspensión y extinción. La extinción de la PGU opera, entre otros casos, por fallecimiento del beneficiario, por permanecer fuera de Chile por más de 180 días continuos o discontinuos en un año calendario, por entregar antecedentes incompletos, erróneos o falsos, o por dejar de cumplir el requisito de focalización, es decir, pasar a integrar el 10 % más rico de la población.

El plazo para reclamar ante el IPS

Si una persona recibe la notificación de rechazo o suspensión de la PGU, puede presentar un reclamo ante el IPS dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación, según informa ChileAtiende.

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