La Ley N° 21.735, promulgada en marzo de 2025, introdujo una serie de cambios al sistema previsional chileno. El punto más relevante es el aumento de la cotización previsional, que afectará de manera directa a trabajadores, empleadores y pensionados. La implementación será gradual y ya comenzó en agosto de 2025.
El sistema previsional actual
Hoy, las cotizaciones se dividen entre trabajador y empleador.
- Trabajador: aporta de manera obligatoria el 10% de su sueldo imponible a su cuenta individual en la AFP.
- Empleador: financia el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que protege en casos de enfermedad, accidente no laboral o fallecimiento.
Este esquema se mantendrá, pero con cambios progresivos en el rol del empleador.
¿Qué cambia con la Reforma Previsional?
Con la Ley N° 21.735 no habrá cambios en el 10% que cada trabajador destina a su cuenta de capitalización individual ni en las comisiones cobradas por las AFP.
La gran modificación recae en el aporte del empleador, que deberá aumentar hasta llegar a un 8,5% del sueldo imponible. Este incremento se aplicará en un periodo de entre 9 y 11 años.
El primer aumento comenzó en agosto de 2025, con un 1% adicional en la cotización.
Distribución inicial del 1%
- 0,1%: va a la cuenta individual del trabajador.
- 0,9%: se destina a compensación por diferencias en expectativa de vida.
¿Cómo se distribuirá el 8,5% final?
Cuando el proceso gradual finalice, el 8,5% del aporte del empleador se dividirá de la siguiente forma:
- 4,5%: cuenta individual en la AFP.
- 4%: Seguro Social Previsional, administrado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
Dentro de ese 4%:
- 1,5% → Cotización con Rentabilidad Protegida. Es transitoria y busca reconocer los años cotizados a afiliados cercanos a la jubilación. Será devuelta con reajustes e intereses al momento de pensionarse y desaparecerá tras 30 años de vigencia de la ley.
- 2,5% → financia la compensación por expectativa de vida de las mujeres y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS).
Cabe destacar que, desde julio de 2025, el porcentaje del SIS se fijó en 1,88%.
Fechas y aplicación gradual
El aumento de la cotización se implementará en etapas anuales, hasta alcanzar el 8,5% total.
- Agosto 2025: primer incremento del 1%.
- Años siguientes: aumentos progresivos hasta completar el esquema en un plazo de 9 a 11 años.
Recomendaciones y recordatorio
Las autoridades llaman a trabajadores y empleadores a informarse sobre los cambios para entender cómo evolucionará la cotización y qué beneficios traerá a futuro.
Los empleadores deberán ajustar su planificación financiera para cumplir con los incrementos graduales, mientras que los trabajadores podrán revisar en su cartola previsional cómo se reflejarán los nuevos aportes.
La Superintendencia de Pensiones será la encargada de fiscalizar la correcta aplicación de la Ley N° 21.735.
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