Se trata de dos cargos a la filial de la estatal, Enap Refinerías S.A.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló dos cargos contra la filial de la Empresa Nacional del Petróleo (Enap), Enap Refinerías S.A., titular del establecimiento Refinería Aconcagua – Concón, asociados al manejo de residuos industriales líquidos (Riles).
De acuerdo con el organismo, el establecimiento -dedicado a la refinación de petróleo- descarga residuos líquidos derivados de su actividad al mar, constituyéndose como una fuente emisora.
Para el tratamiento de estos residuos, cuenta con un sistema que forma parte del proyecto «Complejo Industrial para Aumentar la Capacidad de la Refinería de Petróleo Concón S.A. para Producir Diésel y Gasolina», el cual cuenta con aprobación ambiental desde 2003 y considera la descarga de los residuos industriales tratados mediante un emisario submarino ubicado en la Bahía de Concón.
Al ser una fuente emisora, desde marzo de 2020 la SMA fijó el Programa de Monitoreo (RPM N° 524/2020) correspondiente a la descarga de Riles, determinando en él los parámetros a monitorear y los límites máximos exigidos por la normativa ambiental vigente.
En este contexto, la SMA formuló dos cargos de carácter leve contra la refinería. El primero corresponde a la superación reiterada de los límites máximos establecidos en su Programa de Monitoreo para hidrocarburos volátiles. Estas excedencias fueron detectadas en mayo, julio, septiembre, octubre y noviembre de 2023, además de entre junio y noviembre de 2024.
El segundo cargo fue formulado tras verificarse que la empresa excedió el volumen máximo autorizado de descarga durante agosto de 2024.
Los antecedentes se originaron en una inspección realizada por funcionarios de la SMA en Valparaíso junto a la Dirección General del Territorio Marítimo y de Marina Mercante (Directemar) los días 22 y 23 de octubre de 2024, instancia en la que se instalaron equipos de monitoreo por 24 horas y se revisaron los últimos controles de autocontrol reportados por la compañía. En paralelo, el titular efectuó su propia contramuestra.
La jefa de la Oficina Regional de la SMA en Valparaíso, María José Silva, destacó que «una descarga de efluente líquido con niveles de contaminantes por sobre lo autorizado puede alterar la calidad del agua y afectar el ecosistema, por lo que es fundamental que las empresas cumplan los límites establecidos en sus programas».
De esta forma, la filial de la estatal cuenta con un plazo de 15 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento y 22 días hábiles para entregar sus descargos ante la autoridad.
Fuente: Emol.com

