Gobierno paga hasta $42 mil por cada carga: revisa con tu RUT si te corresponde

Padres y tutores de familias vulnerables pueden recibir pagos por cada hijo o hija a cargo, sin necesidad de postular.

El Subsidio Único Familiar (SUF), entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS), beneficia a quienes tienen niños o personas con discapacidad a su cuidado, siempre que pertenezcan al 40% más vulnerable del país según el Registro Social de Hogares. Esta ayuda se otorga de forma automática en muchos casos y alcanza hasta $42.486 por carga.

¿Cuánto dinero entrega el SUF por carga familiar?

Actualmente, el pago base del Subsidio Único Familiar es de $21.243 mensuales por cada carga familiar reconocida. No obstante, debido a reajustes en curso, el monto podría aumentar a $22.207 en los próximos meses.

En el caso de niños, niñas o adolescentes con discapacidad física o intelectual, el monto se duplica, alcanzando $42.486 por carga.

Cómo saber si te corresponde el beneficio: consulta con tu RUT

Para verificar si eres beneficiario del SUF, puedes ingresar al sistema habilitado por el IPS. Solo necesitas tu RUT o el de la persona causante del beneficio (como un menor de edad o persona con discapacidad).

▶️ Haz clic aquí para consultar con tu RUT

Este proceso es gratuito y no requiere clave única.

¿Quiénes pueden recibir el Subsidio Único Familiar?

El SUF está dirigido principalmente a:

  • Madres, padres o tutores que no estén afiliados a un sistema de previsión social.
  • Personas pertenecientes al 40% más vulnerable del país, determinado por la Calificación Socioeconómica del Registro Social de Hogares.
  • También se puede solicitar manualmente en la municipalidad, si el hogar está dentro del 60% más vulnerable.

Requisitos que deben cumplir las cargas familiares

Para que una persona sea considerada carga “causante del beneficio” debe cumplir con alguno de estos requisitos:

  • Tener menos de 18 años.
  • Niños hasta los 8 años deben participar en los controles de salud infantil del Ministerio de Salud.
  • Desde los 6 años en adelante deben estar matriculados como alumnos regulares en educación básica, media, superior o equivalente en instituciones reconocidas por el Estado (excepto si presentan discapacidad).

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