Suprema rechaza paralizar tramitación de proyecto Dominga solicitada por opositores

Sin embargo, admitió a trámite recursos de casación en contra de la decisión del Tribunal Ambiental de Antofagasta de retrotraer el procedimiento ambiental a la votación de la Comisión de Evaluación Ambiental que dio luz verde a la inversión.

Siguen avanzando los distintos frentes judiciales que ha tenido que asumir el proyecto minero-portuario Dominga, propiedad de Andes Iron, que ya cuenta con su Resolución de Calificación Ambiental. Hace unos días, la Corte Suprema abordó una serie de requerimientos al respecto. El máximo tribunal del país dio luz verde a una serie de recursos de casación presentados por opositores al proyecto para impedir su construcción y que apuntan al procedimiento que permitió aprobar la iniciativa.

Dichos recursos buscan anular la medida adoptada por el Tribunal Ambiental de Antofagasta que ordenó retrotraer el proceso y realizar nuevamente la votación por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de la Región de Coquimbo, instancia que por amplia mayoría respaldó el proyecto valorado en más de US$ 2.500 millones.

Así, la Suprema ordenó la revisión de cuatro reclamaciones interpuestas en abril “para conocer de los recursos de casación en la forma y en el fondo, interpuestos en lo principal”, se lee en el fallo, agregando que ante la eventualidad de que defina la existencia de alegatos, estos se realizarían de manera telemática. Pese a esta resolución, en el escenario actual, el proyecto podría continuar con la obtención de permisos e iniciar la construcción, que según han adelantado desde la propietaria de la iniciativa, pretenden que se produzca este semestre, ya que incluso la Resolución de Calificación Ambiental aprobada por la Coeva fue publicada por el Diario Oficial el 14 de septiembre.

Respecto a la RCA, documento de más de 2.600 páginas, señala que la iniciativa “cumple con la normativa de carácter ambiental aplicable” y agrega que “certificar que el proyecto denominado Dominga se hace cargo adecuadamente de los efectos, características y circunstancias establecidos en el artículo 11 de la Ley N°19.300, al proponer medidas adecuadas a tal efecto”.

Otro tema que destaca al respecto tiene que ver con que se afirma que “se descartaron los efectos del proyecto sobre las áreas protegidas Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, Reserva Marina Islas Choros – Damas y los Sitios Prioritarios para la Conservación de la Biodiversidad Reserva Marina Punta Choros y Punta Teatinos hasta Quebrada Honda (que incluye Isla Pájaros), las que han sido declaradas áreas de exclusión del proyecto, no formando parte del área de influencia de este”. Precautoria A esto se suma que el máximo tribunal del país descartó una medida precautoria solicitada por los opositores de la iniciativa, que tenía por objetivo suspender su tramitación y dejar sin efectos los permisos otorgados por la Coeva.

No obstante, desde Oceana anunciaron que presentarán un reclamo ante la Corte de Apelaciones de La Serena para revertir el fallo. “El recurso de protección presentado ante la Corte de Apelaciones de La Serena está relacionado con la ilegalidad del llamado a la nueva votación del proyecto Dominga que realizó la Comisión de Evaluación Ambiental de Coquimbo, cuestión que le hicimos saber en su momento. Esa votación no podía realizarse, ni menos sin hacer los procedimientos correspondientes, que tendrían que haber incluido un nuevo proceso de modificaciones al proyecto y participación ciudadana”, aseguró el abogado de Oceana, Ezio Costa.

En esta línea, el defensor del grupo opositor apuntó a que se realizó una citación a una reunión extraordinaria sin que existieran los motivos, por lo que acusa falta de imparcialidad del Gobierno, “que buscaba aprobar a como diera lugar este proyecto”.

Otro recurso que el máximo tribunal declaró como “no ha lugar” tiene que ver con un informe presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en el cual dicha institución exhibió su opinión del proyecto respecto a los alcances de la iniciativa en torno al derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y los deberes del Estado relativos a dicha obligación; empresas y DD.HH.; consulta indígena y los estándares sobre tierras y territorios indígenas.

Fuente: El Mercurio

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