El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) es una alternativa del Seguro de Cesantía para personas que quedaron sin trabajo, no tienen recursos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y cumplen con las causales y requisitos que exige el sistema administrado por la AFC.
Perder el empleo suele generar un impacto económico inmediato. En esos casos, el sistema chileno contempla este mecanismo de apoyo para trabajadores cesantes cuyo ahorro individual no alcanza para financiar la cobertura.
Qué es el Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario funciona como un respaldo complementario dentro del Seguro de Cesantía. Está dirigido a trabajadores que no cuentan con saldo suficiente en su CIC y cuyo contrato terminó por causales específicas contempladas en la normativa vigente.
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Quiénes pueden acceder al beneficio
Pueden solicitar el FCS las personas que hayan quedado cesantes bajo alguna de las causales legales habilitadas y que, además, no tengan fondos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía.
El beneficio puede activarse en la medida que se cumplan las condiciones definidas por la Administradora de Fondos de Cesantía.
Requisitos para solicitar el Fondo de Cesantía Solidario
Para acceder al beneficio, la persona debe estar cesante y no contar con recursos suficientes en la CIC. Junto con eso, el término del contrato debe haberse producido por causales como vencimiento del plazo, fuerza mayor o caso fortuito.
En cuanto a las cotizaciones, se exige un mínimo de 10 pagos al Fondo de Cesantía Solidario dentro de los 24 meses anteriores al despido. En situaciones especiales, como zonas bajo Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, afectadas por desastres naturales o por alertas sanitarias complejas, el requisito baja a 8 cotizaciones, sin importar el tipo de contrato.
Además, es obligatorio activar la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), aceptar las ofertas laborales y participar en las instancias de capacitación que se pongan a disposición.
Desde ChileAtiende recuerdan que “tus últimas tres cotizaciones deben ser continuas, del mismo empleador y se cuentan desde tu afiliación o desde el último cobro del seguro, hasta el mes anterior al fin del contrato”.
Quiénes no pueden acceder al FCS
La ley deja fuera de este beneficio a los empleados públicos, funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden, trabajadores independientes, menores de 18 años, pensionados —salvo por invalidez parcial— y personas que estén realizando prácticas laborales.
Estas exclusiones forman parte de la regulación vigente del sistema de protección por cesantía.