La licencia de conducir en Chile incorporará una declaración jurada obligatoria de salud como requisito para solicitar o renovar el permiso, según lo informado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. La medida forma parte de la denominada Ley Jacinta, despachada por el Congreso, y cuyo despliegue operativo se vincula a un reglamento que estandarizará la evaluación de la “idoneidad física y psíquica” para conducir.
El nuevo requisito clave: declaración jurada de salud
El cambio central es la exigencia de una declaración jurada del postulante, destinada a acreditar que no padece enfermedades inhabilitantes o restrictivas para conducir. La obligación aplica como parte del procedimiento para obtener o controlar licencias, y se incorpora como requisito transversal para todo tipo de licencia.
En términos prácticos, la declaración busca reforzar la responsabilidad individual: quien postula debe informar su condición de salud, y esa información pasa a tener consecuencias directas si se comprueba falsedad.

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El texto legislativo incorpora como infracción “declarar falsamente que no se padece alguna de las enfermedades inhabilitantes o restrictivas” y establece que, en ese escenario, se cancela la licencia de conducir. Esto queda explicitado en el articulado que agrega el nuevo artículo 209 bis y el nuevo numeral asociado a la infracción, según el documento legislativo del Senado disponible en este texto comparado del proyecto.
Evaluación de idoneidad física y psíquica: el rol del reglamento
Otro eje del cambio es que la acreditación de idoneidad dejará de depender solo del instructivo actualmente usado por direcciones de tránsito y pasará a regirse por un reglamento. Ese reglamento debe ser dictado por el MTT y suscrito también por el Ministerio de Salud.
El mismo texto legislativo fija dos hitos:
- El MTT debe dictar el reglamento en un plazo de 12 meses desde la publicación en el Diario Oficial.
- Las modificaciones en la Ley de Tránsito asociadas a este cambio comenzarán a regir 90 días después de publicado el reglamento.
SOAP: suben montos e indemnizaciones hasta 600 UF
La Ley Jacinta también modifica la ley del Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP), duplicando coberturas en distintos ítems. De acuerdo con el texto legislativo:
- Muerte: de 300 a 600 UF.
- Incapacidad permanente total: de 300 a 600 UF.
- Incapacidad permanente parcial: de hasta 200 a hasta 400 UF.
- Gastos médicos/hospitalización y atenciones asociadas: de 300 a 600 UF (donde corresponda en la póliza).
- Plazo de pago: se mantiene en 10 días desde la entrega de antecedentes, pero se reduce a 7 días en caso de muerte de la víctima.
Cambios laborales: fuero por un mes y ajustes en contratos a plazo
La normativa también toca el Código del Trabajo en materia de protección laboral vinculada al permiso por fallecimiento. El ajuste relevante es el fuero laboral por un mes asociado al fallecimiento, con aplicación explícita para trabajadores con contratos a plazo fijo u obra/servicio, en los términos establecidos en el articulado del proyecto.
Qué debe considerar quien tramita su licencia hoy
Mientras se implementan los cambios, el trámite sigue dependiendo de la Dirección de Tránsito Municipal y de exigencias prácticas por comuna. Para ordenar la postulación o renovación, conviene considerar:
- Revisar el flujo completo del trámite y documentación base con una guía como estos pasos para sacar o renovar la licencia.
- Confirmar si tu comuna está operando con extensiones o fechas especiales, como se detalla en la prórroga de vigencia de licencias y vencimientos 2026.
- Anticipar obstáculos típicos del proceso (legales, médicos y administrativos), descritos en los filtros que pueden frenar el trámite aun con hora tomada.
- Si buscas contexto del debate previo y el contenido base de la reforma, revisar el seguimiento de cómo avanzó la Ley Jacinta en el Senado.

