Aguinaldo Fiestas Patrias 2025: conoce los 3 tipos disponibles y sus requisitos

Revisa los montos y condiciones de los tres aguinaldos disponibles para las Fiestas Patrias 2025: pensionados, sector público y sector privado.

Con la cercanía de las Fiestas Patrias 2025, distintos grupos de la población podrán recibir un aguinaldo para cubrir los gastos asociados a esta tradicional celebración. Según la Ley 21.724, existen tres tipos de aguinaldos: para pensionados, trabajadores del sector público y trabajadores del sector privado, cada uno con requisitos y montos específicos.

Aguinaldo Fiestas Patrias 2025 para pensionados

Según lo establecido en la Ley 21.724, publicada el 3 de enero, las personas pensionadas recibirán un aguinaldo de $25.280 por una sola vez. Este monto se incrementará en $12.969 por cada persona que esté acreditada como causante de asignación familiar o maternal.

Este beneficio se entregará a los pensionados de las siguientes instituciones y regímenes:

En el caso del IPS, los beneficiarios son:

  • Pensionados/as de las ex-cajas de previsión
  • Pensionados/as por las leyes de Exonerados/as Políticos/as
  • Pensionados/as de la Ley de Reparación (Ley Rettig)
  • Pensionados/as de la Ley de Reparación (Ley Valech)
  • Pensionados/as por Accidentes del Trabajo
  • Beneficiarios/as de la Pensión Garantizada Universal
  • Beneficiarios/as de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez
  • Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental
  • Beneficiarios/as de Indemnizaciones del Carbón

Aguinaldo Fiestas Patrias 2025 para trabajadores del sector público

El aguinaldo también se entregará a quienes trabajen en el sector público y que, al 31 de agosto, estén en cargos de planta o contrata. Los montos establecidos son:

  • $88.667 para quienes tengan una remuneración líquida igual o inferior a $1.025.622 en agosto.
  • $61.552 para quienes perciban una remuneración líquida superior a $1.025.622.

Aguinaldo en el sector privado: condiciones para acceder

En el caso del sector privado, el aguinaldo no es obligatorio por ley. Sin embargo, los trabajadores podrían tener derecho a recibirlo si se cumple alguna de las siguientes condiciones:

  • Está contemplado en su contrato de trabajo.
  • Existe un contrato o convenio colectivo que lo incluya como cláusula.

En estos casos, el trabajador puede exigir el pago del aguinaldo a su empleador.

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