Bono de Invierno 2025: pago único de $81.257 para pensionados con requisitos específicos

A partir del 2 de mayo de 2025, el Instituto de Previsión Social (IPS) inició el pago del Bono de Invierno, un beneficio de $81.257, otorgado por una sola vez a personas pensionadas que cumplan condiciones definidas por ley.

El bono no requiere postulación, no es tributable ni imponible, y será entregado junto a la pensión correspondiente a mayo de 2025. En caso de no recibir el monto pese a cumplir con los requisitos, los beneficiarios deben contactar a su entidad pagadora para solicitar una revisión.

¿Quiénes acceden al bono?

Para ser beneficiario se debe tener 65 años o más al 1 de mayo de 2025 y pertenecer a alguno de los siguientes grupos:

1. Pensiones contributivas:

  • Personas pensionadas por el IPS, ISL, Capredena, Dipreca o mutualidades de empleadores.
  • Pensionadas de una AFP que reciban una Pensión Mínima con Garantía Estatal.

En ambos casos, el bono aplica si el monto de la pensión es igual o inferior a $222.474,62, valor reajustable en septiembre para mayores de 75 años. Si la persona recibe más de una pensión contributiva y la suma excede este monto, no se otorga el bono.

2. Pensión Garantizada Universal (PGU):
Quienes reciben solo la PGU tienen derecho al bono, sin importar su monto.

3. Pensiones especiales de reparación:
Incluye a beneficiarios de:

  • Ley N° 19.123 y Ley N° 19.992 (reparación a víctimas de prisión política y tortura).
  • Pensión de Viudez de pensionados de reparación fallecidos.
  • Ley N° 19.234 (exonerados políticos).

Quienes reciben únicamente este tipo de pensiones también acceden al bono, sin importar si superan los $222.474,62.

4. Combinación de pensiones con APSV, PGU o reparación:
Las personas con pensión contributiva y adicionalmente APSV, PGU o una pensión de reparación, podrán acceder al bono solo si la suma de sus pensiones contributivas, excluyendo el APSV, PGU o reparación, no excede el monto mínimo mencionado.

Exclusiones específicas

Quedan excluidos del beneficio:

  • Personas con más de una pensión contributiva si la suma supera los $222.474,62.
  • Titulares del Subsidio de Discapacidad, ya que el beneficio está destinado a menores de 18 años.
  • Beneficiarios de la Indemnización del Carbón, ya que no están contemplados en la normativa, incluso si su ingreso total es inferior al tope.

Para consultas, se puede llamar al 600 440 0040 o acudir a una sucursal ChileAtiende.
Este beneficio está regulado por el artículo 20° de la Ley N° 21.724, de 2025, del Ministerio de Hacienda.

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