Durante la segunda mitad de julio, varios beneficios continuarán pagándose a las familias y los trabajadores de nuestro país. Así, los bonos y subsidios que pronto liberará el Estado serán de gran ayuda para afrontar los gastos realizados en la primera parte del mes.
Por ejemplo, uno de los desembolsos más importantes en julio fueron las vacaciones de invierno —hay regiones cuyos escolares aún están en receso—, las que podrán ser saldadas mediante alguno de los aportes estatales.
Hay quienes destinarán el dinero para otros propósitos. Al respecto, los automovilistas no deben olvidar que en agosto se paga la segunda cuota del permiso de circulación, el documento obligatorio para transitar a bordo de su auto particular por las calles y rutas del país.
¿Qué pagos hay en la segunda mitad de julio?
A continuación, revisa cuáles son los beneficios más importantes que se pagarán durante la segunda quincena de julio:
Pensión Garantizada Universal
Conocida por sus siglas PGU, la Pensión Garantizada Universal entrega un monto máximo mensual de $224.004 a los adultos mayores de 65 años o más que no integren el 10% más rico de la población total del país y que cumplan con el resto de las condiciones.
Para acceder a ella se requiere una postulación (hazlo aquí); y quienes ya son beneficiarios, pueden consultar con RUT su fecha de pago en esta plataforma del IPS.
En el caso de los afiliados a las AFP, las administradoras efectuarán el pago de la jubilación con la PGU entre el jueves 17 y el jueves 24 de julio. Para conocer la fecha específica, se recomienda visitar el sitio web de la respectiva AFP a la que se pertenece.
La PGU tendrá una segunda alza en 2025 por la aprobación de la reforma de pensiones: el 1 de septiembre llegará a los $250.000 para un determinado grupo de beneficiarios.
Bono al Trabajo de la Mujer
El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) continuará con su modalidad mensual en julio para sus actuales beneficiarias: mujeres trabajadoras que reúnan las condiciones.
Para el séptimo mes del año, el pago está calendarizado para el jueves 31 de julio y su monto (de hasta $42.377) corresponderá según la remuneración que recibió la beneficiaria en abril.
La principal característica del BTM es que sus postulaciones están abiertas durante todo el año, en cualquier fecha y hora, a través de una página web del Sence. Para solicitarlo, la usuaria debe acceder a esta plataforma, pinchar en «Tu perfil» e ingresar con su RUT y Clave Única.
Bono por Hijo
Las mujeres de 65 años o más que se pensionen y sean madres biológicas o adoptivas pueden obtener el Bono por Hijo, el que se otorga cuando se jubila, no desde el nacimiento de su hijo o hija.
El monto a recibir comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, considerando el mes en que nació el niño; o a $165 mil si nació antes del 1 de julio de 2009.
Para todas las que den a luz o adopten entre mayo y diciembre de 2025, y cumplan los requisitos para ser beneficiaria, la cantidad monetaria referencial a la que accederán será de $952.200, considerando que el actual sueldo mínimo es de $529.000
Dado que está integrado en la pensión mensual, la entrega correspondiente a julio será entre el jueves 17 y el jueves 24 para las afiliadas al sistema AFP. Las beneficiarias del IPS pueden consultar la fecha en esta página web.
Subsidio al Empleo Joven
El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) está dirigido a las y los trabajadores de 18 a 24 años, que se desempeñen de manera dependiente o independiente y que pertenezcan al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
Las postulaciones se pueden realizar durante todo el año a través de Internet. Su pago mensual está programado para el jueves 31 de julio y se entregará según se haya escogido al postular; es decir, a través de depósito en Cuenta RUT o cuenta bancaria; o pagos en efectivo en sucursales de BancoEstado.
Asignación Familiar
Además de los pensionados y los afiliados al sistema de AFP, la Asignación Familiar también beneficia a los trabajadores dependientes e independientes, a través de la entrega de un pago que es por carga familiar y cuya cifra varía, dependiendo del sueldo que reciba.
En el caso de los trabajadores dependientes, el dinero es otorgado por el empleador y está incluido en su sueldo, por lo que muchos contratados lo reciben junto a su remuneración, a mediados o fines de julio, dependiendo de la modalidad de pago.
Para los independientes que emiten boletas de honorarios, ellos lo obtienen mediante la devolución de impuestos del año siguiente al que las cargas fueron declaradas. Por ejemplo, si la declaración de cargas fue en 2024, en la Operación Renta 2025 les correspondió recibirlo.
Asignación Maternal
La Asignación Maternal es similar a la Familiar, pero está enfocada en las trabajadoras embarazadas y los trabajadores cuyas cónyuges sean sus cargas y estén embarazadas.
Se paga cuando se «comprueba que (la trabajadora o cónyuge de un empleado) tiene cinco meses o más de embarazo«, otorgándose por todo el período de gestación, según explica la Superintendencia de Seguridad Social.
Esta asignación también se paga junto al sueldo para los dependientes; y a los independientes con boleta de honorarios, el pago es anual por cada causante del beneficio reconocido al 31 de diciembre de 2024.
Los montos de la Asignación Maternal y de la Asignación Familiar corresponden a:
- $22.007 por carga para quienes tengan un sueldo mensual que no supere los $620.251.
- $13.505 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $620.251 y los $905.941.
- $4.267 por carga para quienes tengan un sueldo mensual entre los $905.941 y $1.412.957.
- Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo sueldo mensual sea superior a $1.412.957, no tendrán derecho a recibir la Asignación Familiar.
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