Unos $397 millones en perjuicio fiscal dejó el uso de facturas falsas y aumento indebido del crédito fiscal por IVA de una empresa de Calama. Por ello, el Servicio de Impuestos Internos (SII) presentó una querella contra dos personas ante el Juzgado de Garantía de Calama de aquella ciudad.
Según explicó el SII, tras una recopilación de antecedentes se determinó el uso de más de 400 facturas falsas a lo largo de varios años, lo que permitió a una empresa de arriendos de vehículos y maquinaria “inflar” el citado crédito fiscal.
Se trata de Metalmecánica LTDA, empresa familiar que opera desde 2012 y en donde Ricardo Olivares Cortés, quien la administra desde el inicio, es uno de los señalados como parte del delito.
SII se querella contra empresa que usó cientos de facturas falsas
El Servicio detalló que durante los períodos tributarios de 2020 al 2023, Olivares “incorporó en sus registros de compras y ventas, y posteriormente declaró en los respectivos Formularios N°29, 427 facturas falsas provenientes de 21 supuestos proveedores”.
Ninguno de estos supuestos proveedores realizaron alguna de las operaciones detalladas en las facturas. Así, se aumentó el IVA Crédito Fiscal dejando un perjuicio fiscal actualizado a mayo de 2025 de $397.569.458.
También el SII se querelló en contra de Manuel Alfonso Padilla Suazo, señalado como “facilitador” de facturas falsas, según la investigación, entregando 41 de estos documentos para que fueran usados por Metalmecánica.
Además, este último tuvo participación en 27 sociedades comerciales, “todas con anotaciones negativas que comprueban un comportamiento tributario irregular”.
Características en común
Al examinar la información disponible, el SII reveló que los emisores de facturas falsas comparten varias características en común, como anotaciones por comportamiento tributario irregular o “ser considerados emisores agresivos”.
Otro punto es que registraron capitales iniciales muy bajos, por lo que el organismo infiere que “los supuestos proveedores carecen del respaldo financiero para realizar ventas y/o servicios por los montos señalados en las facturas”.
También se cita la falta de espacio necesario; que las facturas registran en la fecha de recibo “forma de pago contado” o “fecha acuso recibo”, que las facturas son superiores al IVA de las facturas de otros proveedores de la misma empresa, en la mayoría de los casos se usaron terceros no relacionados para hacerse de las facturas y que gran parte de estos documentos se emitieron de la misma dirección de internet (misma IP).
Mediante comunicado, el subdirector jurídico del SII, Marcelo Freyhoffer, dijo que poseen varias fuentes de información con las que detectar las “maniobras delictuales, porque nuestro objetivo es que se castigue con el máximo rigor a quienes deliberadamente no cumplen con sus obligaciones tributarias, dañando al sistema tributario, además de generar una competencia desleal contra los contribuyentes del rubro que sí cumplen adecuadamente con sus obligaciones tributarias”.

