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Esta es la nueva fecha de pago del Subsidio Protege para enero: a quiénes les corresponde

El Subsidio Protege entregará $200.000 a trabajadores con hijos menores de 5 años, con un cambio en la fecha de pago a partir del 25 de enero. Los pagos de febrero y marzo se reanudarán el día 11.

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El beneficio entrega a los trabajadores $200.000, para gastos de un menor de 5 años.

El Subsidio Protege contempla un cambio en su fecha de entrega para enero, diferenciándose de los habituales pagos que corresponden a partir del día 11 de cada mes.

De acuerdo al calendario del Sence, este mes comenzará a llegar a los beneficiarios a partir del miércoles 25 de enero.

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Cabe destacar que las entregas de febrero y marzo vuelven a estar programados para los días 11 de los respectivos meses.

¿Quiénes reciben los pagos?

Durante enero, los receptores del subsidio recibirán uno de los pagos de $200.000 que les corresponden, en relación al momento en que realizaron la postulación:

  • Postulación en diciembre: reciben el primer pago.

  • Postulación en noviembre: reciben el segundo pago.

  • Postulación en octubre: reciben el tercer y último pago.

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Conoce el detalle de los pagos del Subsidio Protege. Foto referencial.

¿Cuáles son los requisitos para acceder al aporte?

El Subsidio Protege llega a trabajadores, sean dependientes o independientes, que estén al cuidado de un menor de 5 años y su empleador no les tenga garantizado el derecho a sala cuna.

Es por eso que se han dispuesto de tres aportes mensuales de $200.000 por cada menor.

Además de lo mencionado anteriormente, el trabajador debe contar con modalidad presencial, teletrabajo, a distancia o mixta y cumplir con un mínimo de cotizaciones.

  • Para trabajadores dependientes: contar con cuatro cotizaciones de salud y AFP, en los últimos 12 meses previos a la postulación, con una del mes anterior.

  • Para trabajadores independientes: deben haber cotizado como independiente en la última operación renta, con aporte de cotizaciones total o parcial. O bien, cumplir con cuatro cotizaciones de salud y AFP en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.

Sin embargo, la recepción del dinero es incompatible en las siguientes situaciones:

  • Si el trabajador se encuentra con licencia prenatal, postnatal o postnatal parental.

  • Está usando el permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.

  • Está haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley Sanna.

  • En el caso de menores de 2 años, estar contratada en una empresa obligada a entregar el beneficio de sala cuna, por tener a 20 o más mujeres.

  • Para funcionarios de instituciones del sector público.

Fuente: La Tercera

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