El beneficio entrega a los trabajadores $200.000, para gastos de un menor de 5 años.
El Subsidio Protege contempla un cambio en su fecha de entrega para enero, diferenciándose de los habituales pagos que corresponden a partir del día 11 de cada mes.
De acuerdo al calendario del Sence, este mes comenzará a llegar a los beneficiarios a partir del miércoles 25 de enero.
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Cabe destacar que las entregas de febrero y marzo vuelven a estar programados para los días 11 de los respectivos meses.
¿Quiénes reciben los pagos?
Durante enero, los receptores del subsidio recibirán uno de los pagos de $200.000 que les corresponden, en relación al momento en que realizaron la postulación:
Postulación en diciembre: reciben el primer pago.
Postulación en noviembre: reciben el segundo pago.
Postulación en octubre: reciben el tercer y último pago.
[Imagen: Bebé murió tras parto en una casa de Santiago] https://www.redimin.cl/wp-content/uploads/2026/05/MS6AVJTMYRBG7DRUZZQ2MLW2IA-1.jpg
Conoce el detalle de los pagos del Subsidio Protege. Foto referencial.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al aporte?
El Subsidio Protege llega a trabajadores, sean dependientes o independientes, que estén al cuidado de un menor de 5 años y su empleador no les tenga garantizado el derecho a sala cuna.
Es por eso que se han dispuesto de tres aportes mensuales de $200.000 por cada menor.
Además de lo mencionado anteriormente, el trabajador debe contar con modalidad presencial, teletrabajo, a distancia o mixta y cumplir con un mínimo de cotizaciones.
Para trabajadores dependientes: contar con cuatro cotizaciones de salud y AFP, en los últimos 12 meses previos a la postulación, con una del mes anterior.
Para trabajadores independientes: deben haber cotizado como independiente en la última operación renta, con aporte de cotizaciones total o parcial. O bien, cumplir con cuatro cotizaciones de salud y AFP en los últimos 12 meses, con el último mes cotizado previo a la postulación.
Sin embargo, la recepción del dinero es incompatible en las siguientes situaciones:
Si el trabajador se encuentra con licencia prenatal, postnatal o postnatal parental.
Está usando el permiso y licencia médica por enfermedad grave del niño menor de un año.
Está haciendo uso del permiso y licencia médica por Ley Sanna.
En el caso de menores de 2 años, estar contratada en una empresa obligada a entregar el beneficio de sala cuna, por tener a 20 o más mujeres.
Para funcionarios de instituciones del sector público.
Fuente: La Tercera







