Las multas por manejar sin licencia y cómo evitarlas en Chile

Obtener la licencia de conducir es un requisito obligatorio para poder circular de forma legal por las calles y carreteras del país. Esta medida busca garantizar la seguridad vial y evitar accidentes. Sin embargo, hay personas que deciden manejar sin haber obtenido su licencia, lo cual es una infracción gravísima y peligrosa.

¿Cuáles son las multas por manejar sin licencia de conducir?

Quienes conduzcan sin licencia se exponen a multas que van desde 1,5 hasta 3 UTM, es decir, entre $97.773 y $195.546 (a abril de 2024). Esto aplica tanto para aquellos que no cumplen con la edad mínima requerida como para quienes no han rendido los exámenes correspondientes. Además de la multa, los infractores no podrán acceder al beneficio de pagar un 25% menos y podrían enfrentarse al retiro del vehículo.

¿Qué ocurre si no se porta la licencia?

Si el conductor olvida portar su licencia pero la tiene vigente y se le sorprende sin ella durante una fiscalización, se le aplicará una multa menor de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $13.000 y $32.591. Sin embargo, será necesario demostrar en el juzgado que se cuenta con todos los registros vigentes y con una identificación válida. En caso de que el vehículo sea retirado y guardado en corrales, deberá pagar el costo de ese servicio.

¿En qué casos me eximo de la multa por no portar la licencia?

Existen casos excepcionales en los que no se aplica la infracción por no portar la licencia, de acuerdo al artículo 5 de la Ley de Tránsito. Estas excepciones incluyen:

  • Portar un permiso provisional otorgado por los tribunales para conductores con licencia retenida.
  • Ser alumno en práctica de escuelas de conductores, acompañado por un instructor habilitado y en vehículos de la escuela.
  • Postular a licencia de conducir y estar realizando el examen práctico acompañado de un funcionario municipal habilitado.
  • Conducir un vehículo motorizado de tres ruedas cuya velocidad máxima no supere los 30 km/h y tener 18 años o más.
  • Portar una boleta de citación al juzgado emitida por los funcionarios mencionados en el artículo 4° de la Ley, en lugar de la licencia.
  • Contar con una licencia o permiso internacional vigente para conducir vehículos motorizados según tratados o acuerdos internacionales en los que Chile participe.
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