Proyecto Dominga vuelve al centro del debate judicial luego de que la Corte de Apelaciones de Antofagasta determinara que el Comité de Ministros dio cumplimiento parcial a la sentencia dictada por el Primer Tribunal Ambiental en diciembre de 2024, ordenando la emisión de un acto complementario que ajuste la resolución administrativa al marco fijado por la judicatura ambiental. La decisión no zanja el fondo técnico del proyecto minero-portuario impulsado por Andes Iron en la comuna de La Higuera, Región de Coquimbo, pero mantiene abierto su futuro administrativo en el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). El fallo agrega un nuevo episodio a una controversia que supera los 12 años de tramitación y que ha transitado por múltiples instancias, incluyendo el Primer Tribunal Ambiental y la Corte Suprema, consolidando a Dominga como uno de los casos más emblemáticos en materia de evaluación ambiental minera en Chile.
Cumplimiento parcial y límites al Comité de Ministros
En su resolución del 20 de febrero de 2026, la Corte analizó si el Comité de Ministros —órgano que interviene en la etapa recursiva del SEIA— había dado estricto cumplimiento a lo ordenado por el Primer Tribunal Ambiental en la causa Rol R-95-2023. El tribunal de alzada concluyó que el cumplimiento fue parcial.
La sentencia consideró ajustado a derecho el rechazo de la mayoría de las reclamaciones presentadas por observantes del proceso de participación ciudadana (PAC), así como la incorporación de compromisos ambientales voluntarios asociados al Centro de Investigación y Estudios Socioambientales Aplicados en La Higuera y al programa de Valor Compartido propuesto por la empresa.
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No obstante, la Corte estimó que el Comité excedió el marco fijado por la sentencia ambiental al incorporar dos nuevas causales para rechazar el proyecto:
La supuesta exclusión de pronunciamientos de CONAF.
La alegada insuficiencia del Plan de Contingencias y Emergencias.
Según el fallo, estas materias no formaban parte del objeto de control previamente delimitado, por lo que su inclusión vulneró el principio de congruencia y la tutela judicial efectiva.
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Orden al SEA y efectos administrativos
Como consecuencia, la Corte confirmó la anulación parcial de la Resolución Exenta impugnada, dejando sin efecto los considerandos y puntos resolutivos vinculados a esas nuevas causales. Además, ordenó a la Dirección Ejecutiva del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), en su calidad de Secretaría Técnica del Comité de Ministros, dictar un acto complementario que se ajuste estrictamente a lo resuelto por la sentencia del Primer Tribunal Ambiental, dentro del plazo establecido.
El tribunal también descartó que existiera infracción al estándar de imparcialidad en la integración del Comité de Ministros. En cuanto al plazo de 15 días fijado originalmente por la sentencia definitiva, precisó que su incumplimiento no invalida el acto administrativo, sino que solo habilita su cumplimiento forzado en sede incidental.
Este nuevo escenario mantiene vigente la discusión administrativa, pero acota el margen de actuación del Comité a lo expresamente ordenado por la judicatura ambiental.
Andes Iron insiste en avanzar
Tras conocerse el fallo, Andes Iron reiteró su decisión de continuar impulsando el proyecto Dominga, subrayando que la resolución judicial es de carácter procedimental y no se pronuncia sobre la validez técnica o ambiental de la iniciativa.
La compañía sostuvo que el proyecto ha sido objeto de múltiples revisiones técnicas y ambientales a lo largo de más de una década y que seguirá utilizando las herramientas que ofrece la institucionalidad vigente. En esa línea, el caso se suma a otros procesos que han tensionado la evaluación ambiental minera en el país, como se ha observado en el debate sobre la situación judicial del proyecto Dominga y en los análisis sobre el rol del Comité de Ministros en el SEIA publicados por REDIMIN.
Ingresado al sistema en 2013, Dominga acumula más de 12 años de tramitación administrativa y judicial, incluyendo decisiones del Primer Tribunal Ambiental y de la Corte Suprema en distintas etapas del proceso. El cumplimiento parcial y acto complementario, una fórmula que mantiene viva la controversia y prolonga la definición final de uno de los proyectos más discutidos del sector minero chileno.







