El Proyecto Dominga vuelve a situarse en el centro del debate judicial tras una nueva resolución de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que anuló de oficio todo lo obrado en el procedimiento de cumplimiento incidental impulsado ante el Primer Tribunal Ambiental. La decisión, adoptada de manera unánime por la Segunda Sala del tribunal de alzada, desestimó la vía procesal utilizada para forzar la ejecución de un fallo ambiental previo, al estimar que no se ajustaba a las hipótesis previstas por la ley. El pronunciamiento no entra al fondo del proyecto minero-portuario, pero reconfigura el escenario jurídico y mantiene abierta la tramitación administrativa y judicial que rodea a la iniciativa de Andes Iron.
Anulación del procedimiento de cumplimiento
En su resolución, la Corte sostuvo que la sentencia dictada en febrero de 2025 por el Primer Tribunal Ambiental no reunía los requisitos necesarios para ser ejecutada. De acuerdo con los artículos 174 y 175 del Código de Procedimiento Civil, solo pueden cumplirse forzadamente sentencias definitivas o interlocutorias firmes que declaren un derecho en favor de quien lo invoca, condición que —según el tribunal— no se verificaba en este caso.
La sentencia cuya ejecución se pretendía no resolvió la calificación ambiental del proyecto ni estableció derechos concretos para alguna de las partes. Por el contrario, anuló la decisión adoptada por el Comité de Ministros y ordenó que dicho órgano emitiera un nuevo pronunciamiento, manteniendo abierto el procedimiento de evaluación ambiental. En ese contexto, la Corte concluyó que se aplicó un mecanismo de ejecución a una resolución que no era jurídicamente susceptible de cumplimiento incidental, configurándose un vicio procesal que debía corregirse de oficio.
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Asimismo, el tribunal estimó improcedente que, al conocer un recurso vinculado al cumplimiento de lo resuelto, una Corte de Apelaciones se pronunciara sobre aspectos sustantivos del proceso de evaluación ambiental, como los límites y competencias de las autoridades intervinientes.
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Contexto judicial reciente
El fallo se conoce semanas después de que la Corte Suprema de Chile declarara inadmisibles los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados por el Gobierno, a través del Servicio de Evaluación Ambiental, y por organizaciones ambientalistas. La Tercera Sala del máximo tribunal determinó entonces que no existía sentencia definitiva, ya que la resolución impugnada no resolvía el fondo del asunto ni ponía término a la instancia.
Desde el mundo ambientalista, representantes de organizaciones como FIMA han señalado que las decisiones judiciales recientes no implican una aprobación del proyecto, sino que mantienen el proceso abierto. En tanto, desde Andes Iron sostienen que, en el ámbito judicial, solo quedaba pendiente una discusión procesal ante la Corte de Antofagasta, precisamente relacionada con el cumplimiento incidental ahora anulado.
Alcances del proyecto y controversia ambiental
El Proyecto Dominga contempla la explotación de hierro y cobre en la comuna de La Higuera, Región de Coquimbo, mediante una mina a rajo abierto, la construcción de un puerto y una planta desalinizadora. Su cercanía con la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, área de alta biodiversidad marina, ha sido uno de los principales focos de controversia desde el inicio de su tramitación en 2017.
A lo largo de estos años, la iniciativa ha enfrentado aprobaciones y rechazos administrativos, además de múltiples acciones judiciales que han impedido una definición definitiva sobre su viabilidad ambiental. Con esta última resolución, el caso suma un nuevo capítulo procesal, mientras el país sigue atento a una definición que podría marcar un precedente relevante en materia de evaluación ambiental y grandes proyectos mineros.







