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¿No tiene finiquito? Estos son los documentos alternativos que acepta la AFC

La Administradora de Fondos de Cesantía permite acreditar el término de la relación laboral con cartas, certificados y documentos judiciales. Cada alternativa tiene formalidades específicas y presentar un archivo incompleto puede provocar el rechazo de la solicitud.

¿No tiene finiquito? Estos son los documentos alternativos que acepta la AFC
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El finiquito no es el único documento que permite solicitar el Seguro de Cesantía. La AFC acepta distintos antecedentes según la forma en que terminó el contrato, como una carta de despido, una carta de renuncia ratificada, un certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.

El documento debe acreditar claramente el término de la relación laboral y cumplir las firmas, ratificaciones y comprobantes exigidos para cada caso. La solicitud se puede realizar en la Sucursal Virtual de AFC con RUT y clave AFC o ClaveÚnica, o presencialmente en una sucursal.

Documentos que puede presentar en reemplazo del finiquito

La alternativa que corresponde depende de la causal de término del contrato y de los antecedentes disponibles.

Carta de aviso o carta de despido

Puede utilizarse cuando el empleador comunicó formalmente el término de la relación laboral. El documento debe:

  • Estar firmado por el empleador.
  • Indicar el nombre y cargo de quien firma.
  • Tener timbre, logotipo o membrete de la empresa.
  • Estar completo y sin correcciones, borrones o modificaciones.

La AFC señala que esta carta debe presentarse dentro de los 30 días corridos siguientes al término del contrato. La limitación no se aplica de la misma manera a contratos cuya duración fue inferior a 30 días.

Cuando la carta fue firmada por poder, la AFC puede exigir antecedentes adicionales, como el comprobante del aviso de término emitido por la Dirección del Trabajo.

Carta de renuncia

La carta de renuncia debe estar firmada por el trabajador y ratificada ante un ministro de fe. Además, se debe demostrar que el empleador recibió el documento.

La recepción se puede acreditar mediante:

  • Firma, nombre y cargo de la persona que recibió la carta en la empresa.
  • Comprobante de envío por correo certificado.
  • Comprobante de envío por correo electrónico al empleador.

La renuncia también puede tramitarse en el portal Mi DT de la Dirección del Trabajo utilizando ClaveÚnica.

En este caso, el trabajador puede solicitar el retiro de los recursos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía, siempre que cumpla el mínimo de cotizaciones. La renuncia no permite acceder al Fondo de Cesantía Solidario.

Carta de mutuo acuerdo

Si el trabajador y el empleador acordaron finalizar la relación laboral, pueden presentar una carta de mutuo acuerdo.

El documento debe:

  • Estar firmado por ambas partes.
  • Ser ratificado ante un ministro de fe.

El término por mutuo acuerdo permite solicitar los recursos de la Cuenta Individual de Cesantía, pero no habilita el acceso al Fondo de Cesantía Solidario.

Carta de autodespido o despido indirecto

El trabajador que puso término al contrato mediante autodespido puede presentar la carta correspondiente.

Debe estar firmada por el trabajador y acompañada de un antecedente que demuestre que el empleador recibió la comunicación, ya sea en formato físico o electrónico.

Si existe una demanda laboral relacionada con el autodespido, también pueden solicitarse documentos emitidos o recepcionados por el tribunal.

Certificado de término de relación laboral

La Inspección del Trabajo puede emitir un certificado para acreditar el fin del vínculo laboral en situaciones determinadas.

La AFC lo acepta cuando el contrato terminó por:

  • Vencimiento del plazo convenido, correspondiente al artículo 159 número 4 del Código del Trabajo.
  • Conclusión de la obra, faena o servicio que dio origen al contrato, correspondiente al artículo 159 número 5.

Este certificado no reemplaza el finiquito para cualquier causal de término. Su uso está limitado a los casos señalados por la AFC.

Contrato de trabajo de menos de 30 días

Cuando el contrato a plazo fijo tuvo una duración máxima de 29 días, el propio contrato puede servir para acreditar el término de la relación laboral.

El documento debe indicar claramente:

  • La duración acordada.
  • Las horas de trabajo pactadas.
  • La firma del trabajador.
  • La firma del empleador.

Para trabajadores portuarios sujetos a una faena o servicio específico, la AFC también contempla la presentación del contrato de trabajo junto con la liquidación de sueldo correspondiente.

Documentos derivados de reclamos o juicios laborales

Cuando existió un conflicto con el empleador, la AFC puede aceptar distintos documentos administrativos o judiciales.

Entre ellos se encuentran:

  • Transacción o acuerdo de término: debe constar en escritura pública o estar ratificado ante un inspector del Trabajo, con identificación y firma de ambas partes.
  • Acta de avenimiento judicial: debe estar firmada por el trabajador, el empleador y acompañada por la resolución del juez.
  • Acta de conciliación judicial: requiere las firmas de ambas partes y una resolución judicial.
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo: debe incluir las firmas del empleador, del trabajador y del ministro de fe.
  • Sentencia judicial: debe estar firmada por un juez y acompañada por el certificado de ejecutoría.
  • Demanda laboral: puede presentarse cuando se reclama un despido injustificado, indebido o improcedente, junto con la resolución del tribunal o el certificado de ingreso de la demanda.

Cada antecedente debe presentarse completo, con todas sus páginas y resoluciones anexas cuando corresponda.

¿Qué puede hacer si no encuentra a su exempleador?

La Dirección del Trabajo dispone de una declaración jurada de término de contrato para trabajadores que desconocen el domicilio actual del empleador y no cuentan con finiquito, carta de renuncia, aviso de término o acta de comparendo.

El trámite se puede realizar durante todo el año:

  1. Ingrese al portal Mi DT con ClaveÚnica.
  2. Seleccione el perfil “Trabajador”.
  3. Entre a “Actuaciones ministro de fe”.
  4. Seleccione “Declaración jurada de término de contrato”.
  5. Complete las instrucciones del sistema.

La declaración firmada y ratificada se envía al correo electrónico del trabajador dentro de un plazo informado de 48 horas y también puede descargarse desde la Cartola del Trabajador.

La AFC establece condiciones particulares para aceptar este documento, por lo que conviene revisar el caso directamente antes de iniciar la solicitud, especialmente cuando la causal informada sea una renuncia voluntaria.

Cómo subir el documento a la AFC

Para solicitar el Seguro de Cesantía por internet:

  1. Ingrese a la Sucursal Virtual de AFC con RUT y clave AFC o ClaveÚnica.
  2. Seleccione “Seguro de Cesantía” y luego “Cobrar”.
  3. Adjunte el documento que acredita el término del contrato.
  4. Revise la simulación de pagos disponible.
  5. Confirme sus datos personales y la modalidad de pago.
  6. Valide su identidad con la cédula vigente y reconocimiento facial.

El archivo puede presentarse en PDF o mediante fotografías en formatos JPG, JPEG o PNG. Debe estar a color, contener todas las páginas y pesar como máximo 15 MB. La AFC recomienda que el nombre del archivo no incluya tildes ni la letra “ñ”.

La administradora informa la aprobación o el rechazo al correo electrónico registrado. Si el documento no cumple las formalidades, la solicitud puede ser observada o rechazada, por lo que es necesario revisar firmas, fechas, recepción y anexos antes de enviarlo.

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