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Seguro de Cesantía: cómo recibir un primer pago equivalente al 70% del sueldo anterior

El monto se calcula sobre el promedio de las últimas remuneraciones imponibles y no corresponde necesariamente al 70% del último sueldo. Para cobrarlo se debe acreditar el término de la relación laboral y cumplir un mínimo de cotizaciones.

Seguro de Cesantía: cómo recibir un primer pago equivalente al 70% del sueldo anterior
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Las personas que quedan cesantes pueden solicitar el Seguro de Cesantía y recibir un primer pago equivalente al 70% del promedio de sus remuneraciones anteriores. Sin embargo, este porcentaje no se aplica de la misma manera en todos los casos: depende del fondo utilizado, del tipo de contrato, del saldo acumulado y del número de cotizaciones registradas.

Cuando el beneficio se financia con la Cuenta Individual de Cesantía, el primer giro corresponde al 70% del promedio de las últimas cinco remuneraciones si el contrato era a plazo fijo, o de las últimas diez si era indefinido. Los pagos siguientes disminuyen progresivamente mientras la persona continúe sin trabajo y mantenga saldo disponible.

¿Cómo se calcula el primer pago del Seguro de Cesantía?

La Administradora de Fondos de Cesantía, AFC, considera las remuneraciones imponibles registradas antes del término de la relación laboral.

El cálculo del primer giro con cargo a la Cuenta Individual funciona de la siguiente manera:

  • Contrato indefinido: 70% del promedio de las últimas diez remuneraciones.
  • Contrato a plazo fijo, por obra o servicio: 70% del promedio de las últimas cinco remuneraciones.

Por ejemplo, si una persona con contrato indefinido tuvo una remuneración imponible promedio de $700.000 durante los últimos diez meses, el cálculo inicial sería de $490.000. El monto efectivamente pagado también dependerá del dinero disponible en su cuenta.

No se trata de un bono estatal ni de un pago automático. Es necesario solicitar el cobro ante la AFC y acreditar que la relación laboral terminó.

Después del primer giro, los porcentajes con cargo a la Cuenta Individual bajan a 60%, 45%, 40%, 35% y 30%. La persona puede recibir entre uno y 13 pagos, según el saldo acumulado y el promedio de sus remuneraciones. Los porcentajes y condiciones pueden revisarse en la sección oficial sobre los beneficios del Seguro de Cesantía de AFC.

¿Quiénes pueden cobrar el Seguro de Cesantía?

Para iniciar la solicitud, la persona debe estar cesante, contar con las cotizaciones mínimas requeridas y presentar un documento que acredite el término de su contrato.

Los requisitos para utilizar la Cuenta Individual de Cesantía son:

  • Diez cotizaciones para trabajadores con contrato indefinido y trabajadores de casa particular.
  • Cinco cotizaciones para trabajadores con contrato a plazo fijo, por obra o servicio.

La Cuenta Individual puede utilizarse cualquiera sea la causal de término del contrato. Esto incluye despido, vencimiento del plazo, renuncia voluntaria o mutuo acuerdo.

Las cotizaciones pueden haberse realizado de manera continua o discontinua y provenir de uno o más empleadores. El conteo se efectúa desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro de Cesantía. La AFC detalla estas condiciones en su apartado de requisitos y documentos para cobrar el Seguro de Cesantía.

¿El Fondo de Cesantía Solidario también paga un 70%?

El Fondo de Cesantía Solidario puede complementar el saldo de la Cuenta Individual cuando este no permite financiar al menos cinco pagos. No obstante, sus porcentajes cambian según el tipo de contrato.

Para quienes tenían contrato indefinido o trabajaban en casa particular, el primer pago equivale al 70% del promedio de las remuneraciones de los últimos diez meses. El monto debe respetar los límites mínimos y máximos establecidos legalmente.

Los valores vigentes hasta el 28 de febrero de 2027 son:

  • Primer pago: 70%, con un mínimo de $301.201 y un máximo de $1.004.003.
  • Segundo pago: 60%, con un mínimo de $258.171 y un máximo de $860.574.
  • Tercer pago: 45%, con un mínimo de $193.629 y un máximo de $645.429.
  • Cuarto pago: 40%, con un mínimo de $172.115 y un máximo de $573.718.
  • Quinto pago: 35%, con un mínimo de $150.602 y un máximo de $502.002.

En cambio, para quienes tenían contrato a plazo fijo, por obra o servicio, el primer giro del Fondo Solidario corresponde al 60%, no al 70%.

Para acceder a este fondo se requieren diez cotizaciones pagadas durante los 24 meses anteriores al despido. Las últimas tres deben ser continuas, con el mismo empleador y registradas antes del término del contrato.

Además, la cesantía debe originarse en una causal admitida, como necesidades de la empresa, vencimiento del plazo, conclusión de la obra o servicio, caso fortuito o quiebra del empleador. Una renuncia voluntaria o un mutuo acuerdo permiten retirar la Cuenta Individual, pero no acceder al Fondo Solidario.

También es obligatorio inscribirse y mantener activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.

¿Qué documentos se necesitan para solicitar el pago?

La persona debe tener su cédula de identidad vigente y un documento válido que demuestre el término de la relación laboral.

Generalmente se presenta el finiquito ratificado ante un ministro de fe. También pueden aceptarse, dependiendo de la causal:

  • Carta de despido.
  • Carta de renuncia ratificada.
  • Carta de mutuo acuerdo.
  • Certificado de término de relación laboral de la Inspección del Trabajo.
  • Sentencia, conciliación o avenimiento judicial.
  • Finiquito electrónico emitido mediante la Dirección del Trabajo.

Para la solicitud digital, el documento debe adjuntarse completo, a color y en formato PDF, JPG, JPEG o PNG, con un peso máximo de 15 MB.

Cómo cobrar el Seguro de Cesantía por internet

El trámite puede realizarse desde el Seguro en Línea de AFC, utilizando el RUT y la ClaveÚnica o la Clave AFC.

El procedimiento es:

  1. Ingresar al portal de afiliados.
  2. Revisar el saldo y las cotizaciones registradas.
  3. Seleccionar la opción para cobrar el Seguro de Cesantía.
  4. Adjuntar el finiquito o el documento que acredite el término del contrato.
  5. Revisar la simulación de montos y fechas.
  6. Elegir el medio de pago disponible.
  7. Enviar la solicitud y consultar posteriormente su estado.

Antes de aceptar la propuesta, conviene revisar si el beneficio será financiado solamente con la Cuenta Individual o si incluye acceso al Fondo de Cesantía Solidario. Esa decisión puede afectar el número y el monto de los pagos posteriores.