El Subsidio de Agua Potable es un beneficio estatal que busca apoyar a las familias que destinan un porcentaje importante de sus ingresos al pago del consumo de agua y alcantarillado. Está dirigido tanto a hogares urbanos como rurales, y permite cubrir parte del costo mensual de este servicio básico.
¿En qué consiste el beneficio?
El aporte cubre un porcentaje de la cuenta de agua potable y alcantarillado, considerando un consumo máximo de 13 m³ al mes. La cobertura varía entre un 25% y un 85% del total, dependiendo de la situación socioeconómica del hogar.
En el caso de las familias que forman parte del Subsistema Seguridades y Oportunidades, la ayuda es mayor: se subsidia el 100% del valor de los primeros 15 m³ de consumo.
Requisitos para postular
Para acceder al subsidio, es necesario cumplir con las siguientes condiciones:
- Residir de forma permanente en la vivienda que corresponde a la municipalidad donde se solicita el beneficio.
- Estar al día en los pagos con la empresa sanitaria o el sistema de agua potable rural.
- Ser jefa o jefe de hogar del grupo familiar principal.
- Contar con Registro Social de Hogares (RSH).
- Presentar una postulación colectiva, si se comparte medidor con otras viviendas.
- Entregar la última boleta de agua pagada.
Además, el postulante debe ser propietario, arrendatario, usufructuario o allegado externo de una vivienda con conexión a la red de agua potable.
Cómo hacer la postulación
El trámite se realiza directamente en la municipalidad correspondiente al domicilio. Para ello, se deben presentar los siguientes documentos:
- Registro Social de Hogares.
- Última boleta de agua pagada.
- Acreditación de residencia permanente.
El proceso es gratuito y está disponible durante todo el año.
Vigencia y extinción del beneficio
El subsidio se otorga por un período de tres años. Una vez cumplido ese plazo, no se renueva de manera automática, por lo que es necesario volver a postular cumpliendo con los requisitos.
El beneficio puede extinguirse si:
- No se cumplen las condiciones exigidas.
- Se dejan de pagar tres meses seguidos de la parte no subsidiada.
- Se cambia de domicilio.
- Termina el plazo legal del subsidio.
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