La Superintendencia de Pensiones reportó un total de $156.051 millones por cobrar en el seguro de cesantía, según Las Últimas Noticias (LUN).
¿Quiénes son los beneficiarios?
El primer requisito para solicitar el seguro de cesantía es demostrar que se está cesante. Se puede acreditar con el finiquito, carta de renuncia, carta de despido, certificado de la Inspección del Trabajo o una sentencia judicial.
Para los contratos indefinidos o trabajadores de casa particular, se solicita presentar al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas previas al fin de la relación laboral.
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En el caso de los contratos a plazo fijo, el requisito es tener un total de 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
¿Cómo se puede cobrar?
Para cobrar el seguro de cesantía, se puede acceder a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía con el RUT y clave única. Allí, se debe seleccionar la opción «Cobrar Seguro de Cesantía» y adjuntar los documentos requeridos para acreditar el estado de cesantía.
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El plazo de respuesta para cada solicitud es de cinco días y la aprobación se envía al beneficiario mediante correo electrónico, junto con el monto de los giros y la forma de pago.