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Bonos para cesantes: 3 pagos que puedes recibir en febrero 2026 y cómo revisarlos con tu RUT

Bonos para cesantes es el concepto con el que muchas personas buscan, en la práctica, tres apoyos vigentes para quienes quedaron sin trabajo y necesitan…

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Bonos para cesantes es el concepto con el que muchas personas buscan, en la práctica, tres apoyos vigentes para quienes quedaron sin trabajo y necesitan ingresos durante febrero de 2026. La clave es identificar cuál corresponde a tu situación laboral (tipo de contrato, cotizaciones y causal de término) y hacer el trámite con tu RUT y ClaveÚnica.

En la práctica, los tres pagos más consultados son: Seguro de Cesantía, Subsidio de Cesantía y Fondo de Cesantía Solidario.

1) Seguro de Cesantía (AFC): el primer pago que conviene revisar

El Seguro de Cesantía se cobra con cargo a tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y se solicita una vez acreditado el término de la relación laboral. Los giros son mensuales y decrecientes en el tiempo, según tu saldo y condiciones del beneficio.

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Requisitos generales

  • Estar afiliado/a al sistema y acreditar la cesantía con un documento válido (finiquito u otros respaldos aceptados).

  • Tener cotizaciones mínimas pagadas: Contrato indefinido o trabajador/a de casa particular: al menos 10 cotizaciones.

  • Contrato a plazo fijo, por obra o servicio: al menos 5 cotizaciones.

  • Las cotizaciones se cuentan desde el último cobro del seguro o, si es primera vez, desde la afiliación hasta el mes de término del contrato.

Más detalles y condiciones están en la ficha oficial del Seguro de Cesantía en ChileAtiende.

Qué puedes hacer antes de solicitar

2) Subsidio de Cesantía (IPS o cajas): pago por hasta 360 días y montos definidos

El Subsidio de Cesantía está orientado, en general, a personas que no cumplen requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía. Se paga por el tiempo que la persona permanezca cesante, con un tope máximo de 360 días.

Condiciones más habituales

  • Tener al menos 12 meses (52 semanas) de imposiciones continuas o discontinuas en los 2 años previos a la cesantía (en cualquier régimen previsional).

  • Estar inscrito en los registros que correspondan (municipalidad, IPS o caja de compensación, según el caso).

  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador/a.

  • Para contratos firmados desde octubre de 2022, normalmente se dirige el trámite al Seguro de Cesantía AFC (según reglas vigentes del sistema).

Montos mensuales vigentes (decrecientes)

  • Primeros 90 días: $17.338 al mes

  • Días 91 a 180: $11.560 al mes

  • Días 181 a 360: $8.669 al mes

Estos valores están publicados por la autoridad en SUSESO: monto del Subsidio de Cesantía.

3) Fondo de Cesantía Solidario (FCS): cuando tu saldo en la CIC no alcanza

El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) opera cuando, al quedar cesante, tu saldo en la Cuenta Individual es insuficiente para financiar las prestaciones y cumples condiciones adicionales.

Requisitos clave

  • Estar cesante al momento de solicitar.

  • Tener saldo insuficiente en la CIC.

  • Tener 10 cotizaciones pagadas al FCS en los 24 meses anteriores al despido.

  • Las últimas 3 cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.

  • Mantener activa la inscripción en la Bolsa Nacional de Empleo, cuando corresponda, según las reglas del beneficio.

Los topes mínimos y máximos de pago (vigentes hasta el 28 de febrero de 2026) se detallan en la tabla oficial de la AFC en qué es el Fondo de Cesantía Solidario y sus montos.

Para una guía paso a paso con foco práctico, revisa Fondo de Cesantía Solidario: requisitos y beneficios para trabajadores en Chile.

Cómo consultar con tu RUT si tienes pagos disponibles este mes

En febrero, muchas personas están cesantes pero no revisan si tienen pagos disponibles o pendientes de cobro en plataformas oficiales. Para partir por lo más directo:

Documentos que suelen pedir para acreditar cesantía

Según la causal y el tipo de término de contrato, normalmente se solicita alguno de estos respaldos:

  • Finiquito.

  • Carta de despido.

  • Carta de renuncia.

  • Acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo.

  • Certificado de la Inspección del Trabajo.

  • Sentencia judicial.

Errores típicos que te dejan fuera del pago

  • No cumplir el mínimo de cotizaciones exigidas para el beneficio.

  • Tener la CIC sin saldo y no cumplir requisitos del FCS (por ejemplo, no tener las 3 últimas cotizaciones continuas con el mismo empleador).

  • No acreditar correctamente la causal o el término del contrato.

  • No estar al día con inscripciones exigidas en el caso del Subsidio de Cesantía o del componente solidario, cuando aplique.